La comunidad Tape Miri enfrenta en la justicia el avance del Súper RIGI
La comunidad Mbya guaraní Tape Miri inició una acción preventiva en contra del Congreso de la Nación Argentina con motivo de la formación y tratamiento del proyecto de ley Súper Rigi.
Tal como surge de la letra del proyecto de ley, y fue precisado y ratificado por los funcionarios del Poder Ejecutivo que comparecieron a las reuniones de comisión designadas por el Senado para dar tratamiento al proyecto; la ley tiene como finalidad la promoción del establecimiento de actividades económicas que van a importar la industrialización de recursos naturales a escala monumental, con un casi nulo control por parte del Estado y con un nulo o muy dudoso beneficio para la población argentina. Todo durante un período de tiempo de 30 años asegurado para esos futuros inversores.
De tal forma, el establecimiento de cualquiera de esos proyectos de proporciones inéditas; es una política pública de innegable alto impacto ambiental - social, económico, cultural, ecológico-, y de muy probable efectivización en territorios indígenas.
Es indiscutible el derecho de las comunidades indígenas al cuidado y protección de los recursos naturales que se encuentran en su hábitat (entendiendo que su territorio no se limita al área de residencia, sino a la extensión que necesariamente se va a vincular con la subsistencia de su entorno) se encuentra reconocido por abundante jurisprudencia y legislación de orden nacional e internacional.
Sin embargo, en el tratamiento del proyecto de ley Súper Rigi, el Estado omite deliberadamente implementar los mecanismos de información y participación ciudadana y en especial de la ciudadanía indígena.
Fueron varias las presentaciones que se hicieron formalmente ante el Senado de la Nación reclamando las instancias de participación informada que se encuentran garantizadas tanto por nuestra Constitución Nacional como por el Acuerdo de Escazú y el Convenio 169 OIT.
Por lo tanto, ante el silencio reiterado del Estado, la comunidad Tape Miri inició la demanda contra el Poder Legislativo de la Nación para que arbitre todos los mecanismos y disponer de todas las herramientas a fin de garantizar el derecho a la información, participación de las comunidades indígenas y ciudadanía en general.
De acuerdo al dictamen fiscal, al cual remite en todas sus partes y hace suyos la sentencia recaída con fecha 1 de septiembre de 2026; la causa iniciada es “a tenor de lo establecido en el art. 116 de la Constitución Nacional y en el art. 2, inc. 6° de la ley 48, resulta competente la Justicia Federal, y dentro de ella la que tiene jurisdicción en la materia contencioso-administrativa”.
El juez también reconoció la urgencia del trámite al imprimir la vía procesal del amparo a la acción preventiva promovida. Sin embargo, consideró competente a la Justicia Federal de Misiones para entender en el expediente iniciado.
Luego, remitió las actuaciones a la Cámara Federal de Posadas que desde el día 1 de septiembre mantiene el expediente a despacho para su sorteo y radicación.
Dado que las comunidades originarias son sujetos históricamente discriminados, cuyos derechos a la participación en la formación y regulación de políticas que les atañe directamente ha sido consistentemente omitida e ignorada; la comunidad Tape Miri se encuentra en alerta por los tiempos procesales y la demora con la que actúa la justicia.
Como ya se explicó, el proyecto de ley avanza en un tratamiento que se encuentra viciado por la deliberada omisión de la participación informada de las comunidades indígenas que fue oportunamente reclamada. Que la acción fue deducida en términos de celeridad procesal reconocidos por el juzgado de origen que le imprimió el trámite procesal de la vía del amparo. Por otro lado, la Cámara Federal de Posadas demoró una semana en ordenar la radicación ante el Juzgado Federal de Oberá. En consecuencia de todo lo expuesto, el incumplimiento de los plazos procesales, hace altamente probable que los derechos de las comunidades originarias devengan ilusorios una vez más.
Hilario Moreira es Cacique de la comunidad Tape Miri, y Bárbara Bertola es abogada.