ONU: denuncian accionar de fondos buitre

  • Imagen

ONU: denuncian accionar de fondos buitre

13 Agosto 2015

 

Un informe de la Cancillería argentina dio a conocer las conclusiones del Comité Asesor del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas que examinó, los días 10 y 11 de agosto de 2015 en Ginebra, un informe de investigación sobre el impacto que las actividades de los fondos buitre tienen en los derechos humanos, de conformidad con el mandato otorgado por la Resolución 27/30 del Consejo de Derechos Humanos, iniciativa liderada por la Argentina en septiembre de 2014.

El 26 de septiembre de 2014 la Argentina impulsó esa resolución que fue aprobada por 33 votos a favor (Argelia, Argentina, Benín, Botswana, Brasil, Burkina Faso, Chile, China, Congo, Cote d’Ivoire, Cuba, Etiopía, Gabón, India, Indonesia, Kazajstán, Kenya, Maldivas, México, Marruecos, Namibia, Pakistán, Perú, Filipinas, Federación Rusa, Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos, Sierra Leona, Sudáfrica, Venezuela, Vietnam) , 5 en contra (Alemania, República Checa, Estados Unidos, Japón, Reino Unido) y 9 abstenciones (Austria, Estonia, Francia, Irlanda, Italia, Montenegro, República de Corea, Rumania, Macedonia).

A través de esta resolución, el Consejo de Derechos Humanos solicitó a su Comité Asesor, órgano integrado por 18 expertos independientes, provenientes de todas las regiones geográficas y de reconocida competencia en materia de derechos humanos que preparara una investigación sobre las actividades de los fondos buitre y su impacto en el disfrute de los derechos humanos.

El informe de investigación fue preparado por el experto suizo Jean Ziegler y contó con la contribución de expertos en derechos humanos y economía así como con la información brindada por diferentes gobiernos y organizaciones no gubernamentales.

En el mismo se analiza el impacto negativo que los fondos buitre tienen en la capacidad de los Estados para cumplir con sus obligaciones en materia de derechos humanos y las acciones que éstos, individualmente o en conjunto, pueden tomar para enfrentarlos.

El estudio pone de manifiesto las preocupaciones crecientes que generan las estrategias empleadas por los fondos buitre, exacerbadas por la ausencia de un mecanismo jurídico internacional que regule sus actividades y las responsabilidades de sus impactos negativos.

Es su modus operandi el que los define como “buitre” ya que se niegan a participar en procesos de reestructuración de deuda de forma ordenada y transparente y, en cambio, se benefician de la opacidad y falta de control existente en el mercado secundario y en los paraísos fiscales, donde tiene sede: el promedio de sus tasas de retorno es de 3 a 20 veces más de lo invertido, equivalente a retornos de 300 a 2.000%.

La práctica predatoria de estos fondos es de larga trayectoria, en particular contra países en desarrollo. A pesar de que los países africanos sean los más frecuentemente atacados –con un promedio de ocho demandas interpuestas por año- el informe destaca que este hecho alarmante sólo ha tomado notoriedad pública tras la batalla de la Argentina contra NML, que ha impulsado a la comunidad internacional a tomar medidas.

Además de analizar el caso argentino contra NML Capital Ltd, el informe aborda los casos de Zambia y República Democrática del Congo y las graves consecuencias que esos casos han tenido en las políticas de desarrollo económico y social de esos países y en la erradicación de la pobreza.

Sin embargo, Ziegler señaló que éstos son sólo algunos casos, ya que actualmente existen 223 procesos judiciales contra 48 Estados iniciados por 26 fondos buitre, procesos que proliferan porque no existe legislación internacional que regule la actividad especulativa de estos fondos.

El interés de los fondos buitre es obstaculizar y demorar los procesos de reestructuración de la deuda ya que “su expectativa de obtener beneficios aumenta en proporción a los problemas económicos y financieros de país. Ello ciertamente aumentará sus beneficios, pero también el sufrimiento económico y humano.”

En esa línea, el informe señala que incluso los fondos buitre pueden llegar a contribuir para exacerbar los impactos negativos de la carga de la deuda, que lleven a medidas de austeridad. Como resultado de ello, fondos destinados a servicios sociales básicos –como salud y educación- y a lucha contra la pobreza son desviados para dar respuesta a las crecientes demandas de los fondos buitre. Los países no deberían ser puestos en una posición en la cual no puedan asegurar el disfrute de los derechos humanos de su población por el pago excesivo de deuda externa.

El informe recoge una serie de principios aplicables para mitigar los efectos negativos de las actividades de los fondos buitre: los Principios sobre Empresas Transnacionales y Derechos Humanos y los Principios sobre Deuda Externa y Derechos Humanos de Naciones Unidas, endosados por el Consejo de Derechos Humanos en 2011 y 2012, respectivamente.

Entre las acciones positivas que los Estados pueden implementar, el informe señala, entre otros, la realización de una evaluación de sostenibilidad de la deuda que no se limite a consideraciones económicas sino que incorpore el impacto que la carga de la deuda puede tener en la capacidad del Estado en alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio de Naciones Unidas.

Entre los principios aplicables a los fondos buitre, el informe recoge el deber de los fondos -en tanto empresas transnacionales- de respetar los derechos humanos, de evitar que sus actividades provoquen o contribuyan a provocar consecuencias negativas sobre los derechos humanos y el deber de hacer frente a las consecuencias cuando se produzcan.

Asimismo, el informe señala que los fondos buitre deben proceder con la debida diligencia, que implica una evaluación del impacto real y potencial que sus actividades tienen en el disfrute de los derechos humanos. Los fondos no cumplen con ninguno de esos principios.

El Comité Asesor elevará este informe al Consejo de Derechos Humanos para su consideración y tratamiento con miras a promover en el sistema de Naciones Unidas las regulaciones necesarias para neutralizar los efectos negativos que los fondos buitres tienen sobre los derechos humanos, en particular los derechos económicos y sociales".