¿Para qué sirven las Comunas porteñas?

  • Imagen

¿Para qué sirven las Comunas porteñas?

21 Enero 2016

Por Leonardo Farias*

Señor lector: Durante la gestión comunal iniciada en 2011 la participación de los vecinos en la cosa pública no fue la esperada. Las expectativas que teníamos los comuneros, las organizaciones políticas y sociales, y algunos partidos políticos eran mucho mayores a lo que realmente ocurrió. Claro está que el gobierno macrista nunca llevó adelante la descentralización: no hubo ninguna transferencia real de competencias, y la campaña de concientización en materia cívica brilla por su ausencia. Sí, señor lector, lo sé: nada nuevo.

Pero si la continuidad de Macri es Larreta, “Cambiemos” no será justamente la acción venidera. Por eso, tenemos que saber que más de lo mismo nos espera. En estos primeros cuatro años nos asaltaron el entusiasmo y la decepción, la esperanza y la desazón: así cuesta avanzar desde la política para la construcción de una cultura cívica. Está claro que hoy sabemos lo que nos espera; por eso, pensar o repensar el futuro nos da algunas certezas, no de las que nos gustaría, pero certezas al fin. En este sentido se desprende que podemos proyectar con cierta previsibilidad (como dice nuestro candidato a presidente de la Nación, Daniel Scioli). Si el futuro es previsible, entonces, nuestras proyecciones son posibles.

El Consejo Consultivo Comunal como herramienta de transformación

Una de las herramientas fundamentales que nos tiene que mover más que nunca es el fortalecimiento del Consejo Consultivo Comunal (CCC) como institución participativa, que muchas veces, por estos altibajos de los primeros cuatro años, tambaleó y peligró, pero gracias a perseverencia de vecinos y militantes sigue en pie y batallando.

En la Comuna 10, me toca dar fe de que los hombres y mujeres que han llevado adelante este espacio de participación ciudadana, como reza el Artículo 131 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no han claudicado nunca y, a pesar de los altibajos, no han abandonado este ámbito, ni han dejado de llevar el registro de cada una de las asambleas y las comisiones que componen el CCC y que, podríamos afirmar, dan testimonio y entraron ya en los anales de la historia.

Los comuneros del Frente para la Victoria siempre hemos apostado a promover fuertemente este espacio, aun sin contar con el apoyo institucional correspondiente de los bloques del PRO en las Juntas Comunales y, mucho menos, claro, de la Subsecretaría de Desentralización del gobierno porteño (a la que podríamos llamar “Subsecretaría de Centralización” a partir de ahora).

Rol de los comuneros y el FPV como única fuerza popular

El Artículo 32 de la Ley Orgánica de Comunas (Ley 1777), es claro cuando dice que, además de sus atribuciones como miembros de la Junta Comunal, son obligaciones de los responsables de las áreas de participación vecinal: (a) instrumentar las medidas que garanticen el funcionamiento del consejo consultivo comunal, y (b) promover y desarrollar mecanismos de democracia participativa en el ámbito de la comuna.

Pues bien, en la Comuna 10, esta responsabilidad está a cargo de la fuerza Proyecto Sur que comenzó bien la tarea, pero se fue desinflando lentamente hasta dejar huérfana esa responsabilidad. Pero tengo que volver a decir que los miembros del CCC, con todas las dificultades, se han encargado ellos mismos de garantizar su funcionamiento. Es el Frente Para la Victoria quien recogerá el guante y tome esta responsabilidad, porque es la única fuerza con capacidad de organización popular en la Ciudad y en la Comunas.  

Ejes para la participación ciudadana desde el CCC

A mi criterio, sería necesario reformular el modo organizativo y operativo del CCC en su relación con la Comuna. Son indiscutibles sus funciones tal cual están expresadas en el Marco Normativo de la Ley 1777, Artículo 35: esto implica, a mi consideración, la profesionalización, el acceso a recursos para su mejor funcionamiento y el establecimiento de una base operativa fija. Si logramos avanzar en estos ejes y, con la previsibilidad que mencionamos más arriba, la cosa podría conducir a un mayor empoderamiento popular y una mayor construcción de ciudadanía.

-Profesionalización

Durante los primeros tiempos del Consejo Consultivo, la participación fue mucho mayor que en la actualidad. Las asambleas en nuestra comuna convocaban más de cien personas y los espacios de reunión quedaban chicos para tanta gente. Los clubes, en general, eran los únicos lugares para poder llevarlas adelante. Pero, a título personal, creo que al no poder dar respuesta a muchas de las demandas planteadas por los vecinos, la participación fue menguando. No debemos deslindar a la Junta Comunal de todo esto, ya que los reclamos venían hacia nosotros; pero el accionar permanente de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, a cargo del señor Eduardo Machiavelli, por vía de la “Subsecretaría de Centralización” (para seguir con su lógica), fue quien hizo todo lo contrario a lo que marca la Ley 1777, que es empoderar a las Comunas para que sean un eficaz y eficiente gobierno de cercanía.
Es aquí donde creo que debe entrar la profesionalización. Es necesario fomentar la participación  de vecinos y militantes que se especialicen en las distintas competencias exclusivas de las Comunas. Que estudien, investiguen y actúen sobre las problemáticas que en este sentido aquejan a los barrios. Poder contar, por ejemplo, con paisajistas y arquitectos en materia de espacios verdes; con abogados para el asesoramiento legal y técnico, etc. Si logramos resolver los problemas de esta manera, la participación popular como la soñamos llegará indefectiblemente.

-Acceso a recursos

En el ámbito del CCC es necesario, para llevar a cabo gestiones y acciones, disponer de recursos mínimos: sonido para la difusión callejera, papelería e imprenta para sus publicaciones, etc. En este sentido es urgente que la Junta contemple estas necesidades y firme un acta compromiso ante Escribano Público, que garantice que este acuerdo sea efectivo. Desde ya, es imprescindible que las Comunas provean a los CCC de un espacio habilitado para realizar sus tareas o las reuniones de las diversas comisiones que la integran.

-Establecer una base operativa fija

Por supuesto, entonces, que, según el Artículo 36 de la Ley 1777, “el Consejo Consultivo Comunal funciona descentralizadamente, debiendo rotar el lugar de reunión entre los distintos barrios que integren la respectiva Comuna”, pero se debe, a mi criterio, establecer una oficina como base donde cualquier vecino o vecina o cualquier institución pueda acercarse a evacuar dudas, proponer proyectos, acercar inquietudes, etc. En este sentido, es necesario que el CCC tenga su espacio en la sede comunal y una clara interlocución con la Junta. Es necesario el acceso a los miembros de la Junta Comunal para poder interactuar cotidianamente, para trabajar en pos del pueblo comunal. Porque es necesario que los comuneros acudamos al CCC, órgano de consulta por excelencia, cuando tengamos dudas o inquietudes, y cuando éste nos convoque: ésa es su legítima naturaleza.

* Comunero de la 10 (barrios de Villa Real, Monte Castro, Versalles, Floresta, Vélez Sarsfield y Villa Luro).