Caso Milagro Sala: la Corte Suprema confirmó prisión preventiva pero exigió que sea domiciliaria como pidió la CIDH
La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló finalmente sobre la situación de persecución política y judicial sufrida por la lider de la Tupac Amaru y dirigente social, Milagro Sala. En un comunicado oficial del Centro de Información Judicial se detalló que "La Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió por unanimidad confirmar la prisión preventiva de Milagro Sala. Los jueces Lorenzetti, Highton, Maqueda y Rosatti ordenaron que se cumpla con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto a la prisión domiciliaria. El juez Rosenkrantz, por su parte, ordenó la remisión de los autos para que en primer lugar se pronuncien los tribunales de la causa respecto de lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos".
Además, agregaron, "de este modo, quedó firme el fallo del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Jujuy que convalidó la prisión preventiva de Milagro Sala que había sido ordenada por existir riesgo de obstaculización del proceso en el que se le imputó la comisión de los delitos de asociación ilícita en carácter de jefa, fraude a la administración pública y extorsión".
El tribunal "recordó que es un criterio jurisprudencial sostenido desde hace más de cincuenta años que la comprobación de la satisfacción de los requisitos que sustentan la medida de prisión preventiva corresponde al ámbito de los jueces de la causa". Por eso "sólo excepcionalmente puede descalificar esta clase de decisiones por aplicación de la doctrina de la arbitrariedad de la sentencia que tiende a resguardar la garantía de la defensa en juicio". A la Corte Suprema no le pareció "excepcional" el arresto sin condena por dos años de la principal dirigente opositora al gobierno provincial.
"En su recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la defensa de Milagro Sala sostuvo que su detención preventiva era arbitraria, alegando que no había elementos para justificar la existencia de riesgo procesal", desarrolaron. El Tribunal decidió rechazar ese planteo. De esta manera, convalidó todas las irregularidades de la Justicia de Jujuy.
Además, se refirió a la supuesta inmunidad de arresto en tanto parlamentaria de Mercosur: "Con base en la misma normativa regional, señaló que la 'inmunidad de arresto' pretendida sólo fue otorgada a los legisladores del Parlasur en el Estado sede del Parlamento, es decir, en el territorio de la República Oriental del Uruguay", justificaron.