Prisión preventiva para el prefecto que mató a Rafael Nahuel
La Cámara Federal de General Roca (Río Negro) ordenó la detención de Francisco Javier Pintos, el integrante del grupo de elite de Prefectura que está acusado de asesinar, con un disparo realizado con su fusil, al joven Rafael Nahuel, en noviembre de 2017. Dispuso además que se lo juzgue por homicidio agravado y no por exceso en la legítima defensa.
El tribunal, en cambio, admitió la apelación de los otros miembros del grupo Albatros involucrados en la causa, Carlos Valentín Sosa, Sergio Guillermo Cavia, Sergio Damián García y Juan Ramón Obregón, cuyos procesamientos fueron revocados y se dispuso para ellos la falta de mérito.
Con las firmas de Marian Lozano, Richard Gallego y Ricardo Barreriro, la Cámara admitió parcialmente “el recurso de la parte querellante, modificando la calificación del hecho por el que viene procesado Francisco Javier Pintos, la que se corresponde con la del art.79 y su agravante del art.41 bis, ambos del CP, disponiendo su prisión preventiva”.
Nahuel murió de un disparo por la espalda el 25 de noviembre de 2017 en el terreno de Villa Mascardi que había sido ocupado por un grupo de mapuches. Los prefectos adujeron que patrullaban el lugar cuando fueron atacados por los jóvenes y que ejercieron su defensa.
La resolución de 80 páginas desarmó el relato oficial del ministerio de Seguridad sobre la existencia de un enfrentamiento armado entre los uniformados y los integrantes de la comunidad Lafken Winkul Mapu.
Los jueces descartaron la relevancia de la pericia balística realizada por Gendarmería que echó un manto de duda sobre la procedencia de la bala que mató a Nahuel. Ese trabajo había sido solicitado por los Albatros comprometidos -fundamentalmente por la defensa de Pintos-, luego que una primera pericia determinara de forma indubitable que el proyectil provino del subfusil MP5 del Cabo Pintos.
Ahora, aquel primer informe realizado por probados profesionales como el perito Ricardo Nigris, vuelve a ser una prueba clave en torno a la responsabilidad del homicidio.
Es importante recordar que el 27 de noviembre de 2017, un día y medio después del homicidio y con un audio de whatsapp de uno de los uniformados involucrados como única base de sustento, la ministra de Seguridad Patricia Bullrich dio su versión sobre lo sucedido. Dijo que los mapuches habían disparado con armas de fuego, “de grueso calibre” que incluso “arrancaban ramas de árboles de cuajo”. Habló de máscaras antigases y un despliegue defensivo con tácticas de guerra.
A pesar del cúmulo de pruebas, pericias, testimonios y la inspección ocular en el lugar que desmienten ese relato, el Ministerio no se movió un centímetro de su discurso.
La Justicia cuestionó con dureza esa posición. El juez Ricardo Barreiro, en su fallo, planteó que “es notorio que el Ministerio de Seguridad ha asumido, en la actual gestión, un rol activo en la defensa irrestricta de los funcionarios de las fuerzas de seguridad involucrados en episodios bajo investigación judicial. Y lo ha hecho no con la mesura, la distancia y el respeto por el Poder Judicial de la Nación y la división de poderes que exige la República, sino con intervenciones que no toman en cuenta el trámite de las causas judiciales, sus tiempos ni las decisiones de los magistrados”.