Un pedido de sobreseimiento con sabor a Justicia
Por Julia Pascolini
Foto: Dani Amdan
En abril de este año Franco Picardí, representante del Ministerio Público Fiscal, solicitó el sobreseimiento de cinco mujeres trans que habían sido procesadas por comercialización de estupefacientes en el barrio Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. El 27 de agosto, el mismo fiscal requirió el sobreseimiento de otra mujer trans que atravesaba un procesamiento similar: tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
En la última de las presentaciones, el fiscal también agregó la solicitud de investigación de una organización criminal cuyo objetivo es la captación de mujeres trans en situación de vulnerabilidad y la comercialización de estupefacientes. De esta forma el MPF se hizo eco de algunas de las luchas históricas del colectivo trans/travesti; por el cese de la criminalización de las identidades no binarias y por el acceso justo a todos los derechos humanos básicos.
El segundo de los casos fue denunciado en la Comisaría N° 16 de la Ciudad de Buenos Aires. Durante toda la denuncia se refiere a la mujer trans en masculino, violentando su identidad de género autopercibida. Esto va en contra la Ley 26.743 de Identidad de Género que dicen que tanto en las instituciones públicas como en las privadas, deberá ser respetada la identidad autopercibida, más allá del documento de identidad.
Respecto de la criminalización y patologización de las identidades no hegemónicas, no binarias, no heteronormativas, el documento historiza brevemente y dice que “los edictos habilitaron el uso discrecional del poder punitivo por parte de las fuerzas policiales, quienes valiéndose de atribuciones propiamente legislativas, no sólo ejercieron un poder disciplinador, sino controlaron el espacio público, atentando directamente -sin posibilidad de defensa-, a la circulación y visibilidad de homosexuales y travestis, con énfasis en quienes estaban ligados a la prostitución”.
La intervención del Ministerio Público Fiscal tuvo como objetivo principal que la causa fuese analizada con perspectiva de género, atendiendo también a cuestiones vinculadas a la “salud, educación, inserción laboral, condiciones socioeconómicas, exposición a violencia física y/o sexual, migración”. El pedido de sobreseimiento explicita que las imágenes denunciadas por el personal de monitoreo en 2018 “[...] revelan, por un lado, un notable problema social y una gravísima vulneración de derechos, y por el otro, que solo proyectan la parte visible de una maniobra de explotación global, de mayor magnitud y complejidad.”
El reconocimiento de las ausencias por parte del Estado respecto de esta comunidad como del colectivo LGBTIQ es clave a la hora de pensar el abordaje de políticas públicas pero especialmente de los procesos judiciales. Si bien existen leyes como la Ley Sacayán (o Ley de Cupo Laboral Trans), las falencias abundan, especialmente en un contexto en el que las oportunidades de empleo escasean y el Estado es achicado, especialmente para los sectores históricamente más vulnerados. Reconocer dichas faltas, especialmente en el marco de los procesos judiciales, es una forma -aunque todavía chiquita- de reparación. En este sentido, desde el ministerio expresan que: “[...] la implementación de la perspectiva de género, nos obliga a los operadores de justicia a reevaluar las categorías dogmáticas y jurídicas que utilizamos para resolver los problemas penales”.