Es ley el aborto legal: ¿Cuáles son los pasos para su plena vigencia?
Por Josefina Figueroa / Foto de Daniela Morán
El Ejecutivo Nacional promulgó la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (Nº 27.610) con un acto que encabezó el presidente Alberto Fernández en la Casa Rosada. La ceremonia se realizó en el Museo del Bicentenario y reunió a referentes de los colectivos feministas que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto, con representantes legislativas/os e integrantes del Gabinete Nacional. Ahora bien: ¿Qué implica su promulgación y qué pasos restan para su plena vigencia en el territorio nacional?
Tras el anuncio, el texto legal se publicará en el boletín oficial donde se establecerá la fecha de entrada en vigencia de la Ley. De no haber aclaraciones específicas, empezaría a regir ocho días después de la publicación. Desde ese momento, la Interrupción Voluntaria del Embarazo, hasta la semana 14 de gestación inclusive, dejará de ser un delito en nuestro país. Es decir que, cualquier persona gestante que así lo decida, tendrá el derecho a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
A su vez, con la vigencia de la Ley, las personas que hayan tenido una denuncia o aún tengan una causa judicial abierta por aborto, deberán ser sobreseídas. En este sentido, en comunicación con AGENCIA PACO URONDO, la abogada feminista Soledad Deza explicó: "Con la promulgación, todo aborto inferior a las 14 semanas, deja de ser un delito. Por lo cual, toda mujer que esté encausada, imputada, criminalizada con o sin condena, con o sin prisión, tiene que quedar absolutamente absuelta o sobreseída. Esto no es lo mismo que archivar su causa, se la tiene que absolver de culpa y crimen". Sin embargo, tras ser consultada si esto es un proceso inmediato y espontáneo, Deza dijo que "con nuestros tribunales no sucede así. Entonces lo que creemos es que el activismo feminista va a tener que estar pidiendo los sobreseimientos".
Esta información es clave ya que, según un informe del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), en nuestro país hay 1532 personas con causas por aborto y 37 por eventos obstétricos. Los datos de la publicación están tomados de las provincias de Santa Fe, Río Negro, Chaco, Chubut, Córdoba, Neuquén, Formosa, Catamarca, Corrientes, Tucumán, Mendoza, Salta, Buenos Aires, Jujuy, San Luis, La Pampa y la Justicia Nacional que tiene a cargo estas causas en el territorio de la CABA.
En esta línea, Deza agregó que en Tucumán existe una particularidad: "Además de de que entre 2018-2019 hay 72 mujeres acusadas de abortos provocados. Desde 2013 en adelante hay 42 muejeres acusadas de aborto espontáneo, tentativa de aborto o aborto natural, eventos obstétricos que no son delitos y debieran estar fuera del sistema penal. Y hay 165 casos penales que tienen a mujeres dentro de carátulas como: abuso sexual y aborto provocado. Entonces, si hay más de 200 causas penales de eventos obstétricos que no son delitos, entre 2013 y 2019,es altamente improbable que el Estado vaya a sobreseer a mujeres que están acusadas por abortos que si eran delitos cuando se iniciaron sus causas, pero que ahora no lo son".
No obstante, respecto de la reglamentación, que implica establecer los lineamientos generales de las leyes y en este caso las obligaciones del sistema público de salud, las obras sociales y prepagas para garantizar la práctica de manera segura, gratuita y en los plazos correspondientes, no hay fecha propuesta. Sobre este punto, la abogada Deza manifestó que "es innecesaria". "A mi modo de ver, la Ley, en términos civiles, es muy clara y por ende, no necesita reglamentación. Por supuesto que si a criterio de la Presidencia tienen que hacer un decreto reglamentario, veremos qué ocurre. Pero lo importante es que la Ley entra en videncia desde la fecha que establezca la promulgación, o de lo contrario (si no tiene fecha) a partir de los ocho días posteriores a la misma", aseguró. Por último, aclaró: "El proceso legislativo termina con la promulgación y la publicación de la Ley".
En definitiva, después de muchos años de lucha y construcción colectiva por parte de los feminismos, a partir de los próximos días, las personas gestantes de nuestro país cuentan con una Ley fundamental que amplía los derechos sexuales y reproductivos. Es momento de ponerla en marcha para saldar, en términos prácticos, una deuda histórica de la democracia.