Corrientes: reabren la causa contra Aguad cuando fue interventor provincial

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Corrientes: reabren la causa contra Aguad cuando fue interventor provincial

26 Marzo 2012

Publicado en Digital Santo Tomé I El Superior Tribunal de Justicia revocó el fallo que sobreseía al ex interventor de la Municipalidad de Corrientes, Oscar Aguad y a dos ex funcionarios de la intervención federal. Se dispuso el reenvío de la causa al Juzgado de Instrucción N°5 para que resuelva su situación procesal.

Según consigna el diario Epoca, la Corte Provincial hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la Municipalidad de la Ciudad de Corrientes y revocó el auto de sobreseimiento a favor de Oscar Raúl Aguad y de Fidias Sanz y Ramón Darwich.

El máximo tribunal judicial de Corrientes, consideró que no operó la prescripción de la acción penal de los delitos por los que se encuentran imputados debido que se encuentra activa la causal de suspensión de la prescripción de la acción.

Los Ministros dispusieron además el reenvío de la causa al Tribunal de origen, el Juzgado de Instrucción N° 5, para que éste continúe su tramitación, encomendado a su titular que -dado el transcurso del tiempo entre la fecha de comisión de los supuestos hechos- adopte los recaudos necesarios tendientes a resolver la situación procesal de los imputados en un plazo razonable.

Los votantes entendieron que el razonamiento del Juzgado -avalado posteriormente por el ahora Tribunal Oral Penal N°1- fue erróneo porque incorporó un requisito extra a los conceptos de “funcionario público” y “desempeño de cargo público” que la ley no exige; y porque no advirtió que en la causa no se investiga cualquier delito sino el específico contra la Administración Pública.

En ese sentido, contempla el tema de la prescripción analizando los supuestos de “suspensión” e “interrupción” sucesivamente cuando en este caso el imputado es un funcionario público y corresponde analizar si se verifico la prescripción, desde el punto de vista de la suspensión y no de la interrupción (que se aplica para los ciudadanos que no cumplen funciones públicas).

La sentencia N°21/12 lleva la firma de los doctores Alejandro Alberto Chain, Guillermo Horacio Semhan y Carlos Rubin.