Lear y Gestamp no son conflictos espejo
Por Nahuel Placanica
En pleno impass mundialista, el conflicto de los trabajadores de Lear captó la atención de funcionarios, políticos y gremialistas. El despido de una centena de trabajadores y las ilegales suspensiones sin goce de haberes desataron una lucha que promete intensificarse de no haber respuesta efectiva.
El conflicto, que se agudizó cuando la empresa negó el acceso a la planta a los delegados de la comisión interna, incluyó varias jornadas de protesta, entre ellas, el corte de la Panamericanca del día mártes 8, que conluyó con la represión de la Policía Federal y la Gendarmería contra los trabajadores afectados y los militantes solidarizados con la causa.
El hecho recibió el más ámplio repudio político e incluso motivó un comunicado del Centro de Estudios Legales y Sociales en el que el organismo llamó la atención sobre la "preocupante desplazamiento en la política de no represión de la protesta social" del gobierno.
Aunque a primera vista el conflicto de Lear se presenta como un espejo de lo que fue el conflicto en Gestamp, tantola actitud del SMATA como el rol de la comisión interna fueron distintos para cada caso.
¿Conflicto espejo?
En el conflicto de Gestamp, las medidas de fuerza fueron decididas por un sector de la comisión interna sin el respaldo del resto de los trabajadores de la planta. Esto determinó su aislamiento respecto de sus compañeros y el recueste sobre partidos de izquierda. La representatividad de la lucha era, por lo menos, problematizable. En aquella oportunidad, el SMATA salió al cruce de sus propios trabajadores con un discurso maccartista y se negó a acompañar el reclamo por la reincorporación de los despedidos.
En esta oportunidad, el sindicato presentó una denuncia en el Ministerio de Trabajo por el caracter ilegal de las suspensiones y sentó posición a favor de la reincoporación de los despedidos en las audiencias que mantuvo con representantes de la cartera laboral y la empresa. Sin embargo, el SMATA no pidió por el ingreso de la comisión interna, la cual no responde a la conducción del gremio.
Los delegados de la empresa criticaron la ausencia de este reclamo y consideraron que las negociaciones se están desaroollando a espaldas de los trabajadores. El miércoles está prevista la tercera audiencia en el Ministerio. Los delegados ya adelantaron que se movilizarán hasta la calle Alem para tratar de sentar en la mesa de negociación a un representante de la comisión interna.
Orgánica sindical
Para el SMATA, las medidas de fuerza adoptadas en LEAR no son representativas del conjunto de los trabajadores y desconocen la orgánica vertical del sindicato. En efecto, la comisión interna no acata linea de la conducción del gremio pero las acciones realizadas fueron votadas en forma unánime por los delegados de la comisión interna, cuatro en ejercicio actualmente (uno de ellos se encuentra oficialemente alejado de la actividad gremial por licencia médica aunque expresó su respaldo a la lucha).
De fondo, quedan picando dos discusiónes. Por un lado, una acerca de cómo medir la representatividad en un conflicto. ¿Puede una comisión interna parar una planta, una medida que involucra a todos los trabajadores, sin pasar por la instancia asamblearia? Y, al mismo tiempo, ¿No son acaso los delegados elegidos por sus compañeros para tomar decisiones en defensa de sus intereses?
Por otro lado, un debate sobre las instancia orgánicas de lo sindical. ¿La comisión interna representa a las instancias superiores ante la base?, ¿Implica esto un deber de subordinación jerárquica? ¿O es acaso la comisión interna representante de la base frente a la cúpulas y el resto de las instancias intermedias? Las respuestas posiblemente no se encuentren en ningún "Manual del delegado".
La via judicial
El jueves último la Justicia aceptó la medida cautelar presentada por los abogados del CeProDH y ordenó a la empresa través de la jueza Graciela Pereira el ingreso de los delegados Rubén Matu y Silvio Fanti (Marley) a la planta. La empresa les negó el ingreso aprovechando los cinco dias estipulados por la jueza para el cumplimiento de la medida.
Este lúnes se dieron a conocer otras dos cautelares favorables a los otros dos delegados de la comisión interna. La cautelar de uno de ellos, es de cumplimiento inmediato, con lo cual no deberían existir dilaciones. De persistir la negativa patronal, los directivos de la empresa podrian quedar bajo responsabilidad penal por desobediencia aunque la Justicia prevé otras alternativas: como la aplicación de multas o la intervención de agentes judicialespara que acompañen a los trabajadores y hagan efectiva la decisión de los tribunales laborales.