"Lo más probable es que no se modifique nada sustancial"
AGENCIA PACO URONDO: Queríamos hablar sobre este proyecto de ART que se sancionó la semana pasada y que trajo algunas críticas muy importantes, en general de todos los sectores sindicales. ¿Cuál sería tu evaluación de la ley votada ahora que pasó un tiempito?
Eduardo Cablinski: La verdad que con todo lo que es la Ley de Riesgo de Trabajo, históricamente ha sido muy desprolija su redacción, sus modificaciones y demás. Esta última modificación sigue el mismo defecto y en realidad lo más probable sea que de fondo no se modifique nada sustancial. La corte ya se ha expedido sobre distintos puntos declarando institucionalidades y dudo que esa modificación de la ley altere en lo más mínimo esos criterios jurisprudenciales. En ese sentido, es muy desprolija esta ley que no respetó esos criterios.
APU: ¿Uno de esos problemas tiene que ver con la doble vía?
EC: Tiene que ver con la doble vía, tiene que ver con el hecho de continuar limitando la reparación, además que esa ley al establecer directamente la vía judicial dejaría abierto el reclamo pero no fijó ahí un criterio clave para la cuantificación del daño, acorde a los criterios que sí tiene la Corte o la jurisdicción extra laboral. Pedimos tener una ley con prestaciones muy desproporcionadas a lo que después en un fallo judicial se obtiene después de la tramitación de un juicio que en la Capital Federal serán dos o tres años y en el interior del país estamos hablando del doble de plazo.
APU: Algunos gremios dijeron que iban a apelar a la Corte. El Diputado Facundo Moyano, señalaba esto que vos planteabas de la inconstitucionalidad de la ley. ¿Se va a apelar a la Corte?
EC: Seguramente se va a apelar. En realidad esta ley va a generar dos años de demora en los procesos judiciales. La Corte se ha expedido con un criterio más que claro en distintos puntos. Uno es eso de la doble vía, otro es la responsabilidad de las ART, hasta donde llegan o no. Además, que la ley vuelve a querer ratificar un criterio que ya la Corte dijo que era incorrecto, con lo cual nuevamente, lo que va a pasar es que se van a hacer los planteos de inconstitucionalidad. Hasta que se resuelva eso, probablemente va a pasar un período de un par de años que va a seguir estando en la incertidumbre, pero lo lógico es que la Corte vuelva a ratificar su criterio anterior.
APU: Cuando se habla de estos temas, se dice que esto viene a subsanar un problema de fondo que sería el de la industria del juicio. ¿Cuánto hay de verdad o no de los patrones y empresarios en todo esto? ¿Cómo ves esa discusión?
EC: Claramente hay un aumento de la litigiosidad producto, también, de una situación social demasiado conflictiva. Eso repercute en el aumento de los juicios. Es una cosa natural que un trabajador mientras está estable en su trabajo, en una buena situación y demás, por una cuestión “menor” de un pequeño accidente de trabajo siga los caminos que previene la ley de una atención médica y después volver a su trabajo.
Ahora cuando hay un despido, es lógico que si consulta a un abogado, le diga: “usted también tiene derecho a reclamar por ese accidente de trabajo que tuvo” y por eso digo que la conflictividad social aumenta la cantidad de juicios también en los accidentes de trabajo. Al haber mayor cantidad de despidos se activan estos casos, mucha de esta gente que inicia un reclamo por accidente de trabajo paralelamente tiene un reclamo laboral por su despido. Acá pasó bastante desapercibido pero se sancionó otra ley que era la posibilidad de los sindicatos de crear ART mutuales, en realidad eso suena a un contra sentido, el sindicato que tiene que defender a los derechos del trabajador, pasa a ser un empresario en la actividad de asegurar justamente el riesgo de trabajo, que salió paralelamente a esta modificación de la ley de riesgo de trabajo.
La verdad que suena hasta mal que algunos de los sindicatos que, justamente hablan contra esta ley, sean los mismos que pretendan entrar en un negocio en el cual son la contraparte al trabajador. Pensar que un sindicato en un juicio va a estar representando –indirectamente- pero va a ser parte de una ART, la cual es demandada porque un trabajador sufrió un accidente de trabajo y considera que la reparación que tuvo no fue suficiente.
APU: Otro de los aspectos también cuestionados. El planteo de CTA fue que esto era una ley corta, señalaba mucho los cuestionamientos que vos hacías y además decía que la discusión de fondo es pensar un marco legislativo integral que de cuenta de las condiciones de trabajo de los obreros, de los laburantes en general.
EC: Eso es así. Tenemos una ley de seguridad e higiene en el trabajo que tiene casi 50 años. La ley de riesgo de trabajo en su expresión de deseo venía a querer cubrir justamente la prevención del daño. Si uno lee la ley, en lo más mínimo busca la prevención del daño sino, a lo sumo, de una manera acotada y, si se quiere, institucional. De hecho así lo ha dicho la Corte, lo único que busca es la reparación del daño.
La asociación de Abogados Laboralistas presentó, convocada por el Poder Ejecutivo y la Comisión de Derecho Laboral, un proyecto integral justamente adjuntando estos puntos de la prevención del daño más que la reparación del mismo. Hoy es un gran problema en general de la situación del trabajo en Argentina porque realmente, el Ministerio de Trabajo por limitaciones operativas en muchos casos, no controla eso, la ley lo delegó a las ART. Justamente es ilógico que un empresario sea el encargado de controlar a su propio asegurado que -históricamente se viene cuestionando esto de la norma- vuelvo a decir, hay una gran desprolijidad en la Ley de Riesgo de Trabajo desde su sanción, esto sigue siendo un punto pendiente que queda todavía por resolver y esta ley todavía no lo ha hecho.