AFIP aumentó a 35% el recargo por gastos en el exterior

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AFIP aumentó a 35% el recargo por gastos en el exterior

03 Diciembre 2013

 

La nueva normativa suma a "las operaciones de adquisición de moneda extranjera -billetes o cheques de viajero- para gastos de turismo y viajes, con validación fiscal", y "las transferencias al exterior por turismo y viajes sujetas a validación fiscal".

En ese marco, se otorga un plazo especial, hasta el día 9 de diciembre próximo, para que las entidades autorizadas a operar en cambios por el Banco Central adecuen sus sistemas internos, a efectos de cumplir con lo dispuesto en esta resolución.

En sus considerandos, la resolución firmada por Ricardo Echegaray señala que "decisiones de política económica tornan aconsejable extender la utilización de esa herramienta fiscal a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes".

La alícuota vigente hasta hoy había sido reformada en marzo, cuando el Gobierno amplió de 15% a 20% el recargo en concepto de obligaciones fiscales. El recargo nació en 2012 como una forma de contener la salida de divisas, esenciales para la balanza comercial y el pago de deuda.
La AFIP fundamentó el nuevo régimen en "decisiones de política económica". Así, la normativa publicada hoy sostiene que "tornan aconsejable extender la utilización de esa herramienta fiscal (el recargo del 35%) a la venta de moneda extranjera para gastos de turismo y viajes".