Sentencia que atrasa: el Tribunal porteño decidió volver a un viejo protocolo de aborto no punible
Por Florencia Rey
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires votó, por tres de cuatro votos favorables, la sanción de un Protocolo para la Interrupción Voluntaria del Embarazo redactado por el anterior Ministro de salud, Jorge Lemus. El mismo fue suspendido en varios de sus artículos.
El protocolo porteño va en contra de los establecido por el Protocolo del Ministerio de Salud de la Nación sobre Interrupción Legal del Embarazo, ya que fija fuertes restricciones para el acceso apartándose en los estándares fijados por el Código Penal, el Fallo FAL y los tratados internacionales de Derechos Humanos que tienen jerarquía constitucional.
La sentencia emitida por los jueces y la jueza que votaron a favor de esta sanción dicen que los recursos de inconstitucionalidad fueron mal emitidos en su momento. Argumentan que al no haber un caso concreto, con nombre y apellido de una mujer a la cual se le hubieran vulnerado los derechos, no se puede judicializar.
De ahora en más, las interrupciones legales del embarazo en caso de violación deberán realizarse dentro del límite gestacional de doce semanas. Además se obliga a los hospitales públicos a pedir que se demuestre la gravedad del peligro para la salud de la persona gestante, con la intervención de un equipo interdisciplinario y la confirmación del diagnóstico por parte del director del hospital.
En casos de personas menores de edad se exigirá la autorización de los padres, contradiciendo el protocolo nacional que indica que sólo un profesional de la salud intervenga en el diagnóstico, con un límite de cinco días para ejercer la voluntad de la persona gestante; y al Código Penal que otorga la potestad a las personas de entre 14 y 16 años de poder tomar una decisión en torno a su salud. Es el protocolo más restrictivo del país para regular la atención de los abortos no punibles.