Comunicaciones imprescindibles con mercados concentrados

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Comunicaciones imprescindibles con mercados concentrados

26 Abril 2020

Por Diego Rossi*

Mi lista, pensando en distintas situaciones de usuarios en Argentina, sería: Whatsapp - Las Tres Telcos (Telecom, Movistar, Claro) - Google - Las pequeñas cableras y prestadores de Internet - La Televisión abierta con sus canales o señales (TDA). 

La Pandemia nos ha puesto más dependientes que nunca ante las redes de comunicaciones de uso diario. Es una verdad de Perogrullo que alguien tiene que pagar por esos servicios, aunque en algunos casos el truco consista en que no cuestionemos la forma de financiamiento (ya sea que a) sea gratis o creamos en el Pagadiós, b) creamos que cuesta poco el servicio que usamos o c) creamos que cuesta mucho pero lo consideramos igualmente imprescindible). 

Del otro lado del mostrador, las empresas –ya sean globales, nacionales o más territorializadas- evalúan su estrategia frente al condicionamiento abrupto delflujo de ingresos corrientes  por la falta de pago en efectivo o la carencia de dinero en los consumidores.  Mientras algunas están en condiciones de tolerar la situación sobre sus débitos automáticos y espaldas financieras, otras no pueden aguantar “la competencia”. Todas se posicionan ante losauxilios públicos o justifican los incumplimientos contractuales en materia de inversión, calidad de servicio o ajustes laborales.

El nuevo Gobierno, al cuarto mes de gestión ya había rearmando equipos, estaba formulando políticas y detallando el control de daños en las estructuras de gestión públicas. Abruptamente, debió tomar medidas por la inminencia del Coronavirus. Preguntar hoy por un MasterPlan de Comunicaciones sería un ejercicio retórico considerando todas las variables macreoeconómicas estalladas, e infinidad de situaciones sectoriales en pleno ejercicio de incierta sostenibilidad. De hecho, el país se encuentra refinanciando deuda y sin Ley de Presupuesto 2020, lo cual demuestra un cuadro inédito que demanda las mayores responsabilidades de todo el arco político, económico y social.

Paquetes de emergencia durante el bolonqui: las comunicaciones como servicio esencial

Desde lo fáctico, y más allá de las generales de las restricciones y fomentos a todas las actividades productivas y de servicios, Alberto Fernández y sus equipos tomaron medidas, tanto para incorporar el eje educativo en los servicios de comunicación audiovisuales, como para mantener cierta continuidad en las rutinas de agencias, radios y televisoras de información y entretenimiento. Desde lo infraestructural, lograron cierta exigencia de liberación de datos móviles para acceder a sitios universitarios, y una no demasiado comunicada suspensión de aumento para las tarifas prepagas de móvil y datos (el aumento de marzo en los abonos pospagos quedó firme).

Permítanme focalizar en la medida de mayor rango tomada hasta el momento que puede rebalancear fuerzas en el sector Comunicaciones: el Decreto de Necesidad y Urgencia 311/2020. Este DNU publicado el 25 de marzo pasado, para mitigar los efectos del bajón económico en el consumo de servicios esenciales, impide la suspensión o corte de servicio de energía eléctrica, gas natural, agua corriente... telefonía fija o móvil e Internet y TV de pago.

Es decir, como novedad encuadra a la TV de pago, la telefonía e Internet como servicios cuya disponibilidad debe ser efectivamente garantizada -en el marco de derechos sociales, económicos y culturales-, y sus tarifas sean pasibles de regulación. El cambio respecto del foco macrista es evidente: el Estado considera que estos servicios de comunicación “resultan centrales para el desarrollo de la vida diaria”, y que “el derecho a una vivienda adecuada contiene la disponibilidad de [estos] servicios”, basándose en el PIDESC del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Así, la concepción de TV de pago, telefonía e Internet suscripta por el Presidente y todos sus Ministros se acerca al paradigma de DDHH, y cita a la CSJN en fallo sobre “servicios públicos”, abordando su condición de esenciales. Por lo tanto deben garantizar el uso en “una vivienda adecuada”.

En la emergencia, el no corte o suspensión de servicio se establece por 3 facturas impagas dentro de los 180 días, a los 4 servicios del “cuádruple play” (obviamente pueden ser brindados por distintos prestadores). Esto encendió la alarma en un sector empresarial cuyos “tres grandes” (el Grupo Telecom, Telefónica y Claro) tenían acceso directo a un diálogo con el Poder que les permitió fijar precios por encima del aumento de la inflación (casi 10 puntos porcentuales arriba según INDEC 2019) y pilotear las estadísticas de inversiones, cobertura y calidad de servicios. También los prestadores pequeños sufren porque tienen menos “diálogo” y menos espaldas financieras, si su clientela de cercanía no prioriza el pago de ese servicio en época de vacas flacas.

Además, los considerandos del DNU 311/2020 transcribe para todos los servicios aludidos, una cita de la Corte Suprema de la Nación (CEPIS s/amparo colectivo),  que “el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables y evitando, de esta forma, el perjuicio social provocado por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevada cuantía, pudiera calificarse de confiscatoria, en tanto detraiga de manera irrazonable una proporción excesiva de los ingresos del grupo familiar a considerar.”

Venimos advirtiendo en los últimos años que los servicios de comunicaciones por separado o paquetizados (doble, triple o cuádruple play) se llevan no menos del 7% del ingreso total de un hogar promedio, lo cual se dispara a más del 10% de los ingresos de un trabajador u hogar de bajos recursos 1. Y que el macrismo borró de la regulación el criterio de “Precios Cuidados”, abono social o tarifa diferencial para la telefonía, TV de pago o Internet, dado que “la competencia genera diversas ofertas para todes”.

El DNU 311/2020 reposiciona los tantos: sostener el criterio luego de la emergencia llevaría rápidamente a restablecer el tratamiento de precios de telefonía móvil, datos y TV por suscripción como TARIFAS, dejando sin efecto lo dispuesto por el DNU 267/15 de Macri en lo referido al 2° párrafo del art. 48 de la Ley Argentina Digital 27078.

Detalles y omisiones de una medida necesaria: no neutralidad y criterio de must carry

Las intenciones de rebalanceo de cargas tarifarias también pueden tener problemas reglamentarios. El sábado 18 de abril, por medio de la Resolución 173/2020, el Ministerio de Desarrollo Productivo publicó la reglamentación para la abstención de corte de servicios en caso de mora o falta de pago. Además de crear una Unidad de Coordinación para hacer viables los criterios en todos los servicios esenciales incluidos, dispuso “un servicio reducido de las empresas prestadoras de los servicios de telefonía fija, móvil, Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital” (artículo 2°) que debe mantenerse para los clientes en mora.

Se crea una nueva figura: el “servicio reducido en caso de no pago”, el cual no es abono social y tampoco un paquete básico, sino una salida de emergencia ante el no corte.  ¿Cuáles son las prestaciones mínimas mensuales consideradas como esenciales?

- En Telefonía Fija, 300 minutos para llamadas locales y de larga distancia nacional, llamadas libres a números cortos de emergencia y llamadas entrantes sin límite.
- En Telefonía Móvil Plan Pospago y Planes Mixtos: datos móviles para mensajería “WhatsApp” -envío y recepción de mensajes de texto; 300 mensajes de texto, 300 minutos de llamadas de voz dentro de la Red y 50 fuera de la Red;
- En Telefonía Móvil Plan Prepago: datos móviles para mensajería “WhatsApp” -envío y recepción de mensajes de texto-; 300 mensajes de texto; 100 minutos llamadas de voz dentro de la Red y 50 fuera de la Red;

Para todos los casos de telefonía móvil se garantiza la navegación sin consumo de datos a las páginas de internet y Portales Educativos y de Salud Nacionales, Provinciales o Municipales relacionados con el Coronovirus-COVID-19; Llamadas libres a números cortos de emergencia, incluyendo las líneas 0800, y llamadas entrantes sin límite.

- En Servicio de Internet: navegación con velocidad de DOS MEGABYTES POR SEGUNDO (2 mb/s).
- En Servicio de TV por suscripción por Cable, por Espectro Radioeléctrico o Satelital: acceso a un servicio que contenga un mínimo de QUINCE (15) canales, de los cuales como mínimo TRES (3) deberán ser canales abiertos, incluida la TV Pública; TRES (3) canales de noticias y UN (1) canal infantil.

No queda claro cuánto deberían pagar los clientes por estos “servicios reducidos”, mientras dure su situación límite.  El tema tiene muchas aristas, y es cierto que en una situación de emergencia no todos los valores o intereses pueden ser contemplados. 

Sin embargo, queda en evidencia el pragmatismo que todos tenemos con el uso de Whatsapp: la decisión oficial de designar metonímicamente a un prestador como el único sistema de mensajería liberado contraría a lo dispuesto en la Ley 27.078 conocida como Argentina Digital. Nombrar a Whatsapp en una decisión pública de alcance obligante blanquea lo que las telefónicas venían haciendo con laissez faire oficial hace un par de años (conocido como práctica de Zero Rating en oposición a un uso de neutralidad de la red). Mark Zuckerberg: has logrado que los argentinos financiemos directa e indirectamente a tu negocio de Whatsapp-Facebook-Instagram. ¿Qué nos darás a cambio de fortalecer esta posición dominante? 

Google tampoco tendrá problemas de financiamiento durante la pandemia… garantizamos la conectividad para que el mail, las navegaciones y los consumos de YouTube sigan fluyendo, y a cambio sólo nos han reducido la calidad de imagen de los videos.

En el caso de la TV de pago, se refuerza un sentido común instalado: que todos pagarían por ver cualquier televisión. Esta idea fue fortaleciéndose por prácticas público privadas que vulneraron el artículo 65 y otros de la Ley 26522 vigente de Servicios de Comunicación Audiovisual. Ahora se llegó a un colmo… los servicios que les garantizamos a los morosos (Resolución 173/2020) resultan inferiores en diversidad a… ¡los que ellos disponen gratuitamente con sólo sintonizar la Televisión Digital Abierta!. Reitero: estamos produciendo para la clientela morosa cautiva, un enlatado de emergencia de menor calidad que lo disponible gratuitamente en el aire… 

Lo que pasa es que la Televisión Abierta fue invisibilizada tanto desde el sistema de comunicaciones a cargo de Lombardi como del ENACOM que estuvo a cargo de Giudici. El miércoles, la Secretaría de Innovación Púbica señaló que deben invertirse 4,5 millones de dólares para poner en valor la infraestructura dejada caer durante el macrismo. Y ahora, no es fácil encontrar antenas, ni pedir que los instaladores incorporen decodificadores para switchear a la TV de aire y gratuita. 

Con la reciente Resolución, el Estado aumentó la delegación (¿sin darse cuenta?) en los distribuidores de TV de pago la elección de qué canales incluir en el paquete de emergencia sobre noticias, infantil y de entretenimiento: sabemos que hay intereses cruzados entre productoras y distribuidoras de contenidos, además de acuerdos comerciales que se comieron al “derecho de antena comunitaria”, o sea recibir todos los canales del área primaria de cobertura de TV abierta además de los que determine la autoridad de aplicación. Esto debería rectificarse mediante una sencilla resolución.

La salida del laberinto de la Pandemia no será de sentido único. Tenemos la madurez de haber conocido numerosas situaciones límite, y  de haber lidiado con numerosas desigualdades económicas, sociales y culturales. De hecho, todo el espectro de necesidades y carencias en la producción nacional de ficción y no ficción, en las distribuidoras a punto de quiebre, de los actores, instaladores, técnicos que intentan reducir riesgos ante el Coronavirus, no permiten pisar terreno firme.

Sin embargo, la oportunidad de revisar los principios de las políticas es auspiciosa a la hora de redistribuir los escasísimos recursos productivos y de consumo, de compartir los esfuerzos en el tendido de infraestructuras, de no naturalizar la concentración que ha dado como resultado clientelas cautivas indefensas. Resulta fundamental “para la felicidad del pueblo y la grandeza de la Nación”. 

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