Matar por la espalda: organismo de Derechos Humanos pide que Chocobar sea desafectado de la policía
Por la Comisión Provincial de la Memoria
El policía Luis Oscar Chocobar será llevado a juicio por el asesinato de Juan Pablo Kukok (18) ocurrido en diciembre de 2017: está acusado de homicidio agravado en exceso del cumplimiento del deber. Así lo decidió esta semana el juez de nacional de menores Cristian Axel Von Leers que consideró concluida la etapa de instrucción.
La resolución llega luego de una serie de reclamos y presentaciones que interpuso la defensa del policía en diferentes instancias judiciales y que terminaron con el rechazo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a un recurso extraordinario; por unanimidad los ministros de la Corte avalaron también la elevación a juicio.
En este marco, la CPM volvió a insistir ante las autoridades del Ejecutivo provincial para que de manera urgente desafecten preventivamente a Chocobar de la policía local de Avellaneda, fuerza en la que todavía presta servicios con normalidad. En este sentido, se enviaron notas a la gobernadora María Eugenia Vidal, al ministro de seguridad, Cristian Ritondo, al titular de la auditoría de asuntos internos de ese Ministerio, Guillermo Berra, y al secretario de Derechos Humanos Santiago Cantón.
En el pedido, la CPM considera que la prueba reunida en la causa deja claro que la intervención del agente Chocobar fue contraria a la normativa de actuación policial vigente, que exige un uso excepcional de un arma de fuego y la prioridad en la defensa del valor de la vida por sobre todo bien.
Además la CPM señala que, según se desprende de los requerimientos de elevación a juicio presentados tanto por la fiscalía como la querella: “Chocobar actuó de manera temeraria y con un alto grado de desprofesionalización, efectuando disparos por la espalda a una persona desarmada que ya no representaba ningún peligro ni para el agente ni para terceros.”
Todos estos hechos probados se encuentran tipificados como faltas graves en el decreto 1050/09, reglamentario de la ley provincial 13.483 sobre la organización de las policías en el ámbito de la provincia de Buenos Aires. Según la norma, estas faltas prevén la desafectación preventiva de cualquier agente acusado. La transgresión a esta norma por parte de Chocobar es motivo suficiente para decidir su separación cautelar de la fuerza, independientemente del resultado final que arroje el proceso penal.
La elevación a juicio constituye un paso fundamental de las instituciones democráticas para el resguardo del estado de derecho, en el marco de una pelea muy dura contra la instalación de políticas y discursos que promueven las violencias estatales como modo de resolver un conflicto de carácter social como es la inseguridad.
Este avance de la justicia constituye un importante cuestionamiento a las múltiples acciones desplegadas desde el gobierno nacional que pretendieron convertir a Chocobar en un emblema del deber ser de la actuación policial. Pero -como venimos denunciando desde la CPM hace más de una década- la promoción de políticas que implican mayor presencia de las policías en el territorio y libertad de acción de sus agentes convalida el ejercicio de una violencia contra los sectores más vulnerables de la sociedad y no resuelve los problemas de inseguridad de la que el Estado es responsable.
* La CPM está integrada por: Adolfo Pérez Esquivel (presidente), Susana Méndez (vicepresidenta), Roberto Cipriano García (secretario), José María di Paola (pro-secretario), Ernesto Alonso (tesorero), Víctor Mendibil, Ana Barletta, Luis Lima, Martha Pelloni, Dora Barrancos, Víctor De Gennaro, Nora Cortiñas, Yamila Zavala Rodríguez y Carlos Sánchez Viamonte. Legislador provincial designado a partir de septiembre de 2016: Marcelo Dileo. Consultores académicos: Baltasar Garzón, Theo van Boven, Antonio González Quintana, Patricia Funes / Miembro emérito: Obispo Miguel Hesayne.