Fallo pro genocidas: nuevo contexto político e intento de cambio de época
Por Juan Cruz Guido
Corría diciembre de 2015. Luego del ajustado triunfo en las elecciones presidenciales, Mauricio Macri comenzaba a diseñar lo que sería su plan de gobierno. Ya desde el inicio demostraría su tinte autoritario que Jaime Duran Barba tan bien había atenuando durante la campaña. Junto con la ola de despidos en el Estado, con la consiguiente estigmatización al tildarlos de “ñoquis”, se gestaría la jugada más arriesgada del incipiente gobierno PRO. Uno de los asesores en las sombras del presidente en temas judiciales, Fabián “Pepín” Rodríguez Simón, preparó lo que se entendió como una verdadera genialidad de la mala fe en el derecho. Ideó un decreto para ampliar la cantidad de jueces de la Corte Suprema, para ese momento tres luego de la renuncia de Eugenio Zaffaroni y la muerte de Carlos Fayt, y, de esa manera, limitar el accionar del presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzentti. El decreto presidencial tenía como anclaje jurídico el inciso 19 del artículo 99 de la Constitución Nacional donde se describen taxativamente las atribuciones del presidente, cabeza del Poder Ejecutivo Nacional. Según ese inciso el primer mandatario “puede llenar las vacantes de los empleos, que requieran acuerdo del Senado, y que ocurran durante receso (legislativo), por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.
La lectura e interpretación de este artículo era claramente maliciosa ya que entraba en clara contraposición con el inciso 4, donde se señala que el nombramiento de “los magistrados de la Corte Suprema (será) con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, EN SESIÓN PÚBLICA, convocada al efecto”. De la última parte se desprende el accionar polémico del decreto que sin duda significaba un claro retroceso institucional, en contra del ideal republicano que el macrismo tanto había esgrimido en la campaña electoral. Por medio de un vericueto legal, el gobierno intentaba nombrar a dedo a las máximas autoridades del poder judicial.
Finalmente, y ante la andanada de críticas, el macrismo retrocedió pero presionó para garantizar el nombramiento de los jueces propuestos, Carlos Rosenkratz y Horacio Rosatti. Ambos, a pesar de considerarse especialistas en derecho constitucional, aceptaron el oscuro nombramiento propuesto por el gobierno. Dicha jugada, que los dejó en orsay institucional, selló también una lealtad política con el poder ejecutivo.
El primer fallo de interés fundamental para el gobierno fue la resolución del conflicto del aumento en las tarifas de gas. A partir de un amparo, se había impugnado el aumento unilateral del servicio público en uno de los inviernos más crudos en años para la provincia de Buenos Aires. En ese caso la Corte resolvió, en una sentencia salomónica, retrotraer los aumentos en las tarifas residenciales pero mantenerlo en los casos de industrias y comercios, que representan el 70% del consumo anual. Lejos de ser un fallo ejemplar, la resolución de la Corte significó un alivio para el gobierno que pudo escurrirse de la espada y la pared que significaban las protestas en las calles, exigiendo la renuncia del ministro Aranguren. Tal fue la funcionalidad del accionar de la Corte, que hoy el ex CEO de Shell sigue dirigiendo los destinos energéticos de la Argentina.
En el día de ayer, los magistrados, en una votación en disidencia, resolvieron aplicar la ley 24.390, conocida como del 2x1, a los condenados por crímenes de lesa humanidad. A pesar de que a dicha normativa, que rigió de 1994 a 2001, se la tildó numerosas veces de “garantista” no representaba una garantía, sino más bien una presión o sanción al poder judicial por las demoras en la resolución de los expedientes. Era un reconocimiento de la responsabilidad de la Justicia en la dilación de los procesos, que muchas veces significaban una sobrepoblación carcelaria sin sentencia firme. Lo cual, desde ese punto de vista, sí significaba una violación a la garantía de un debido proceso en tiempo razonable.
La aplicación de este criterio a los delitos perpetrados por la última dictadura militar tiene, según lo descripto por el voto de la mayoría (Highton, Rosenkrantz y Rosatti), justificación en el artículo segundo del Código Penal donde se describe que “si la ley vigente al tiempo de cometerse el delito fuere distinta de la que exista al pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio, se aplicará siempre la más benigna.” De esta manera, los jueces de la Corte encontraron allí una posibilidad de atenuar las penas de los genocidas. Por más de la polémica que pueda generar el hecho de que la ley aplicada, la del 2x1, no se encuentra vigente, es cierto que el criterio o, por lo menos, lo descripto, permite la interpretación realizada. Pero como permite esa interpretación, también permite su interpretación opuesta, sumado al agravante de tratarse de crímenes de lesa humanidad. En última instancia la interpretación de la norma, como siempre, es política. Y es por eso que lo que revela este nuevo fallo de la Corte Suprema es la clara interferencia política dentro de la magistratura. No es posible leer esta decisión por fuera del contexto de una avanzada ideológica, desde la misma Secretaria de Derechos Humanos que conduce Claudio Avruj, abogando por la instalación de la teoría de los dos demonios, que conllevaría un trato más benigno hacia los genocidas.
De la misma manera que cuando el gobierno ideó un artilugio para modificar la Corte Suprema a su antojo, con el visto bueno de dos de los cinco jueces en funciones, la nueva conformación de la Corte generó un mecanismo jurisdiccional para atenuar las penas de los militares condenados. Si bien lo resuelto aplica para el caso concreto, definitivamente abre la puerta para próximas presentaciones ya que sienta un precedente preocupante. No extrañaría, por su origen autoritario antes descripto, que el presidente felicite a sus jueces predilectos, como lo hizo con Pablo Avelluto luego de la operación mediática en el INCAA, por “lo que se animaron a hacer”, esta vez, con “el curro de los Derechos Humanos”.