Primer golpe al mega DNU de Milei: la Cámara del Trabajo suspendió los cambios laborales

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    Milei habla en Casa Rosada el día que asume la presidencia 2023
    Foto: Noelia Guevara
MEGA DNU

Primer golpe al mega DNU de Milei: la Cámara del Trabajo suspendió los cambios laborales

03 Enero 2024

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende los artículos relacionados con la legislación laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei. Lo hizo a votación dividida y a partir de una denuncia presentada por la CGT. Es el primer golpe al mega DNU del gobierno libertario, que buscó dejar en efecto más de 500 leyes nacionales. 

La Cámara aceptó el pedido de la central sindical para tratar la demanda contra el DNU 70/2023 y sus implicancias en la legislación laboral. Antes, el juez laboral José Ignacio Ramonet había rechazado la medida cautelar presentada por la CGT contra el DNU del Gobierno nacional porque el mismo no había entrado en vigencia, cosa que ocurrió el 29 de diciembre. Habrá que ver si la central obrera mantiene ahora el paro programado para el 24 de enero. 

Así las cosas, el Tribunal de Feria resolvió: "Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados".

En un fallo muy fundamentado, de 14 páginas, la Cámara aseguró: "En cuanto al cumplimiento de los recaudos formales (art. 230 CPCCN), debe destacarse que en torno al peligro en la demora las disposiciones del DNyU cuestionado establecen importantes modificaciones de aplicación inmediata en materia de interpretación de las normas, contratación laboral, modalidades contractuales, derechos y obligaciones de las partes, protección de la trabajadora embarazada y de la maternidad, jornada, protección contra el despido arbitrario, ruptura del contrato y sus consecuencias, discriminación y sus consecuencias, funcionamiento de las asociaciones gremiales, conflictos colectivos, etc". 

En el mismo sentido, los jueces advirtieron sobre las formas elegidas por el gobierno de Milei para cambiar leyes sin pasar por el debate en el Congreso nacional: "Las formas republicanas no son mera retórica, sino que hacen a la esencia misma del sistema". 

La reforma de Milei

En el mega DNU del presidente libertario, se derogaban muchas leyes vinculadas al muno laboral. Era una reforma de hecho, que modificaba cuestiones de fondo. ¿Necesidad y emergencia? Los puntos involucrados en la reforma de Milei que ahora frenó la Justicia y generó el primer conflicto con la CGT: 

 

  • Período de prueba: la extensión del período de prueba a 8 meses de vigencia. En ese plazo, el empleador puede extinguir el vínculo laboral sin expresión de causa y sin derecho a indemnización.
  • Despido: plantea nuevas justas causas de despido, relacionadas con la participación en bloqueos o tomas de establecimiento y la afectación a "la libertad de trabajo de quienes no adhieran" a una determinada medida de fuerza.
  • Huelga: limita el derecho a huelga en diversas actividades. El Decreto determina la existencia de ciertos servicios esenciales (entre los que se encuentran los sanitarios y hospitalarios y educativos) y actividades de importancia trascendental (como la producción de medicamentos y el transporte de personas), cuyos trabajadores estarán obligados a garantizar un 75% y un 50% de las tareas respectivamente.
  • Indemnización: el DNU habilita a que cada sector negocie de manera individual la indemnización por despidos, lo que habilita la posibilidad de establecer sistemas privados de capitalización y la creación de fondos de desempleo similares a los que hoy existen en la UOCRA. Además, se eliminan los aguinaldos y otros conceptos de pago semestral o anual del cálculo indemnizatorio, lo que en la práctica reduce el importe que percibirán los trabajadores despedidos. Por último, elimina las dobles indemnizaciones para las relaciones laborales no registradas.
  • Jornada laboral: la extensión de la jornada laboral también queda circunscrita a la negociación paritaria, con el único límite de 12 horas de descanso entre jornada y jornada. Esto, por ejemplo, habilita a eliminar los regímenes de horas extras y francos compensatorios.
  • Licencia de maternidad: el decreto reduce la obligatoriedad de tomarse los 30 días previos a la fecha de parto y permite usarlos después del nacimiento del hijo.
  • Monotributo: el trabajador independiente podrá contar con hasta otros cinco trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo. Además, establece que se elimina la presunción de existencia de contrato de trabajo en los casos de prestación de servicios.