Caso Joaquín Paredes: cuatro años y un fallo para garantizar impunidad
La madrugada del 25 de octubre de 2020 Joaquín Paredes fue asesinado de un tiro por la espalda de la Policía de Córdoba, tras haberse reunido con amigos en Paso Viejo, Cruz del Eje. Dos de ellos también resultaron heridos y varios testigos aseguraron que cinco uniformados los esperaron para actuar de manera totalmente desproporcionada. Cuatro años después, con una condena pero con cinco absoluciones, no parece haber justicia.
La fuerza de seguridad provincial buscó instaurar la versión, respaldada por el comisario mayor Leonardo Páez Stelmach, de una agresión previa. Sin embargo, se diluyó ya que en la escena se hallaron más de cien vainas y sólo se secuestraron armas reglamentarias. Los cinco agentes y un sargento implicados fueron Maykel Mercedes López -acusado por homicidio doblemente agravado y el único que llegó detenido al juicio- Enzo Ricardo Álvaro, Ronald Nicolás Fernández Aliendro, Jorge Luis Gómez, Iván Alexis Luna y Alberto Daniel Sosa Gallardo. Durante el proceso hubo cambios de carátulas y fiscales, detenciones y excarcelaciones, y amenazas a testigos y sobrevivientes, incluyendo allanamientos ilegales.
En agosto de 2023, luego de varios idas y vueltas e irregularidades, el tribunal, conformado por los jueces Ángel Francisco Andreu, Javier Rojo y Ricardo Arístides Py, condenó a perpetua a Maykel Mercedes López por autor material, pero absolvió al resto por considerar que no se había probado que hayan colaborado, por acuerdo o conducta, en el asesinato del joven ni tampoco en su intento de encubrimiento. El caso, que había sido llevado adelante por un jurado popular, no fue caratulado como violencia institucional. Era el cuarto juicio oral por violencia de las fuerzas de seguridad en lo que iba del año en Córdoba -Isaías Luna, Valentino Blas Correas, ambos durante la pandemia, y Damián Pérez, en 2014-.
El fallo se evidencia inconsistente al intentar desligar la responsabilidad del resto de los uniformados, y de la propia fuerza, de la actuación de López. Los fundamentos fuerzan una interpretación, sin tener en cuenta pruebas existentes ni la trama de violencia institucional que habilitó el hecho, para respaldar a la defensa de los imputados. No hay otra explicación para ponderar la cuarentena por sobre disparos efectuados. Para colmo, destacan una conducta “preventiva y disuasoria” y haber protegido la escena -lo que debería suceder en todo momento-, incompatible con la cantidad de vainas reglamentarias encontradas.
La decisión se enmarca dentro del amedrentamiento policial y falta de contención y maltrato judicial que denunciaron familiares y testigos. En ese sentido, los jueces los señalan por supuestamente tomar represalias en lugar de pedir ayuda, es decir, los revictimizan. Los abogados de la querella, Claudio Orosz y Ramiro Fresneda, ya apelaron la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia. Sin embargo, todavía no hay novedades. La familia del joven, encabezada por su madre, Soledad Paredes, sigue denunciando la responsabilidad del gobierno provincial y del poder judicial.