La maternidad víctima del sistema punitivo
La información sobre maternidad en las cárceles Argentinas se concentra en el Sistema Nacional de Estadísticas Sobre Ejecución de la Pena (SNEEP) del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. Los últimos datos publicados en la página del SNEEP del año 2014 arrojan que 162 mujeres de un total de 2.989 vivían con hijos privadas de su libertad.
La aplicación de la fuerza punitiva del Estado en constante aumento, lejos de responder a los cambios demográficos o el crecimiento de las tasas delictivas, son el reflejo de las decisiones de política criminal que cada país establece para si.
Esto, sumado al constante reclamo de seguridad que se estableció en la agenda comunicacional y política, solo lleva al reduccionismo del concepto de “inseguridad” a la cuestión de la seguridad física en los espacios públicos, silenciando los verdaderos motivos de esta problemática ante la falta de políticas inclusivas.
Los crecientes índices de violencia que sufren los sectores más empobrecidos, la selectividad del sistema penal y los abusos ejercidos por las fuerzas de seguridad, muestran que el encarcelamiento de las mujeres también crece en forma exponencial.
En el caso de las mujeres privadas de su libertad que son madres, la destrucción del vínculo materno-filial constituye una pena anticipada para aquellas que esperan su juicio detenidas de modo preventivo, y es a su vez es una forma de castigo añadido a las condenadas; ya que la pena las trasciende y alcanza a sus hijos e hijas.
En los casos en que se les permite a las madres permanecer en prisión junto con sus hijas e hijos, no se consideran los efectos que las condiciones carcelarias pueden tener sobre ellos y sobre el ejercicio de la maternidad. En particular, en las severas consecuencias que produce la prisión en el desarrollo de las aptitudes físicas, mentales y afectivas de niños y niñas, ni en que la cárcel constituye un espacio absolutamente inadecuado para su crianza, dadas sus condiciones de violencia estructuralizada e institucionalizada que poseen, las condiciones inhumanas, las situaciones de maltrato y la tortura como practica cotidiana de estos ámbitos.
La discusión de que la cárcel como un ámbito inadecuado para la crianza de los niños ya está saldada, ya que es imposible soslayar los arrasadores efectos en el desarrollo de sus aptitudes físicas, mentales y afectivas. Pero por otro lado, en los casos en que se separa a los hijos de sus madres, los efectos no son menos perniciosos.
La pretensión estatal de castigar a las mujeres con pena de prisión implica la ruptura de ese vínculo materno-filial y obliga a los niños a crecer sin el cuidado y la supervisión de sus madres, a quedar a cargo de otros familiares o ser institucionalizados, lo que a veces desemboca en la ruptura definitiva del vínculo. La reforma de la ley Nº 26.472 de arresto domiciliario en 2008, que amplió los supuestos para otorgarlo al incluir a las mujeres con hijos menores de 4 años, fue un reconocimiento de esta problemática.
La cárcel finalmente se configura para las madres privadas de su libertad como el engranaje de reproducción y amplificación de las diferencias sociales y de las violencias, lejos de ser el falazmente pretendido ámbito de resocialización.