¿Por qué fue injusta la condena a Lula?
Por Santiago Gómez
Desde Florianópolis
El próximo 24 será juzgado en segunda instancia el ex Presiden Luiz Inácio Lula da Silva, por el Tribunal Regional Federal de la 4ta región, en Porto Alegre. La defensa del ex mandatario presentó un recurso en el que cuestionó la competencia del juez Sérgio Moro en el caso, así como señaló que en la misma sentencia el juez reconoció que no hay pruebas del delito que Lula se lo acusa.
La llamada Operación Lava Jato, en la que fue incluido el ex Presidente con los cargos de corrupción pasiva y lavado de dinero, sostuvo en la denuncia que Lula habría recibido un departamento tríplex en la ciudad de Guarujá, el que fue comprado con recursos provenientes de tres contratos entre la Constructora OAS y la empresa Petrobras. En la sentencia en la que condenó al ex Presidente, el propio juez Sérgio Moro reconoció que “Este Tribunal jamás afirmó en la sentencia o en lugar alguno, que los valores obtenidos por la Constructora OAS en los contratos con Petrobras fueron utilizados para el pago de beneficios indebidos al ex Presidente”.
Los abogados de Lula cuestionan la condena de Lula en cuatro aspectos: la competencia del juez, el cercenamiento de la defensa, la condena realizada en base a una versión construida por el magistrado y la ausencia de prueba de la culpabilidad de Lula.
Primer aspecto: competencia
En primer lugar, los abogados Cristiano Zanin Martins y Valeska Teixeira, hija y yerno de Roberto Teixeira, histórico abogado del ex Presidente, cuestionan la competencia de Moro para juzgarlo, ya que la propiedad que se le quiso adjudicar a Lula está en Guarujá, estado de San Pablo, y el juzgado de Moro en Curitiba, capital del estado de Paraná. Según los abogados del ex Presidente, fueron los procuradores los que eligieron el juzgado de Moro para presentar la denuncia, siendo que el magistrado estaba investigando un esquema de corrupción en el que estaba involucrado la empresa petrolera.
“Nosotros, la defensa, siempre mostramos que no había ninguna prueba de que valores de Petrobras estaban involucrados en el caso y pedimos que la acción penal fuera remitida a un juez de Brasilia o de Guarujá. Vean, sin embargo, lo que dijo el propio juez Sérgio Moro al juzgar nuestros recursos de aclaratoria”, señalaron los abogados en un video que difundieron en las redes sociales.
Los abogados sostienen que el hecho de que el juez Moro haya reconocido en la propia sentencia que el Tribunal jamás afirmó que recursos obtenidos de contratos entre la OAS y Petrobrás hayan derivado en beneficios indebidos al ex Presidente, debe tener como consecuencia la nulidad del proceso, ya que la denuncia fue procesada y juzgada por ante un juez que no tiene ninguna relación con el caso.
Segundo aspecto: el cercenamiento de la defensa
Así como en el recurso que presentaron ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la defensa de Lula denunció que el juez Moro les negó la posibilidad de realizar pruebas que demuestren la inocencia del ex Presidente. Los abogados sostienen que el delito del que se acusa a Lula, haber recibido una propiedad que se compró con recursos obtenidos de contratos entre dos empresas, es una acción que indefectiblemente deja huellas. Por esa razón, solicitaron la realización de una pericia financiera contable, la cual fue negada.
La defensa de Lula solicitó “la realización de prueba pericial contable financiera, con base en el art. 158 del Código Procesal Penal, para verificar: 1) de quién es la propiedad del departamento tríplex; y 2) si ese apartamento está vinculado a operaciones financieras con fondos administrados por la Caja Económica Federal. Es preciso recordar que durante la acción demostramos, con base en documentos, que ese departamento fue dado en garantía por la OAS a una operación financiera realizada con fondos de la Caja Económica Federal. Y la OAS, en razón de ello, solamente podría darle ese inmueble a alguien si hubiese hecho el pago del valor correspondiente, en una cuenta específica de la Caja Económica Federal, lo que jamás sucedió”.
Tercer aspecto: condena en base a la versión creada por el juez
Los procuradores denunciaron que se utilizaron valores de la “OAS para transferir la propiedad de la cobertura tríplex 164-A del Condominio Solaris para LULA y MARISA LETÍCIA provinieron de recursos públicos obtenidos ilícitamente por la Constructora OAS en contratos firmados con la Administración Pública, incluyendo a Petrobras”.
Con esa acusación se incluyó al ex Presidente en la causa Lava Jato, sin embargo, el mismo juez de la causa, reconoció que el tribunal jamás afirmó que Lula hubiera recibido valores provenientes de recurso de la empresa. Es decir, se acusó a Lula de recibir un departamento que habría pagado la OAS, pero cuando se lo condena se dice que no recibió recursos de la OAS. ¿Cómo se lo condenó entonces?
El juez Moro creó una ficción. Señaló no que el departamento sería propiedad del ex Presidente, lo que no pudieron demostrar, siendo que el mismo tribunal reconoció que no hay pruebas de ello, sino que afirmó que el departamento habría sido atribuido al ex Presidente Lula. “¿Qué significa “atribuir” un apartamento a alguien? Esa situación jamás fue discutida en la acción penal, y ni siquiera forma parte de la propia situación relativa a la propiedad”, señalaron sus defensores. Para que una propiedad sea atribuible a alguien, debe haber un título que lo respalde, y si encima la propiedad fue dada en garantía, debe haber documentos que prueben a quién pertenece la misma, pruebas que le fue negada a la defensa presentar.
“El juez, por lo tanto, usó una versión absolutamente diferente de aquella que fue presentada por el Ministerio Público Federal en la denuncia, y esa también es una situación apta para generar la nulidad de todo el proceso”, señalaron los abogados.
Cuarto aspecto: la ausencia de prueba de la culpa y el descarte de la prueba de inocencia
Por último, la defensa de Lula denuncia que para que él pueda ser condenado, es necesario que se hayan probado lo delitos de corrupción pasiva y lavado de dinero, de los que se lo acusa. Para que ello sea posible, afirmó Cristiano Martins, Moro debió demostrar que:
1) habría realizado o dejado de realizar acciones específicas para beneficiar a la Constructora OAS y, en contrapartida, habría solicitado y recibido la propiedad de un departamento tríplex, además de las reformas realizadas en el inmueble.
2) Que valores utilizados para el pago de beneficios indebidos, o sea, del tríplex y de las reformas, serían provenientes de 3 contratos específicos firmados entre la OAS y Petrobras.
3) Que Lula tendría conocimiento de que recursos utilizados en la compra del tríplex y en su reforma tenían un origen ilícito y él habría actuado para disfrazar esa situación, dándole un marco de legalidad.
Sin embargo, la propia sentencia del juez Moro, al reconocer que jamás afirmó que Lula hubiera sido beneficiado por recursos provenientes de tres contratos entre la OAS y Petrobras, descarta las acusaciones contra el ex Presidente. Para peor, en la sentencia, no pudiendo identificar hechos contra el ex Presidente, Moro señaló que Lula realizó “hechos indeterminados”. “¿Cómo alguien puede ser condenado en base a hechos indeterminados?”, pregunta la defensa.
Por último, los abogados de Lula señalan que Moro se sirvió para condenar a Lula de la declaración de Leo Pinheiro, presidente de la OAS, quien también es reo en el proceso, por lo tanto brindó declaración sin el compromiso de decir la verdad, además de que no presentó ninguna prueba contra el ex Presidente.
Los abogados de Lula le solicitaron al ex Procurador General de la República, Rodrigo Janot, el acceso a las declaraciones de Leo Pinheiro en el proceso de delación premiada, las cuales le fueron negadas, con el argumento de que todavía estaban en negociaciones, porque Pinheiro no presentó ninguna prueba. Después de más de tres años de acusaciones, hasta el día de hoy no apareció una sola prueba contra el ex Presidente.
Sin embargo, Lula fue condenado y el próximo 24 de enero el Tribunal Federal Regional de la 4ta región resolverá sobre la condena. Se espera que el mismo ratifique lo actuado por Sérgio Moro, lo que no significa que el ex mandatario no pueda disputar la elección presidencial de este año, que lo tiene como máximo favorito.