La ONU aconsejó a la Argentina aprobar la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)
Por Noemí Arzamendia. Foto Ailén Montañéz
La Organización de las Naciones Unidas (ONU), es la organización internacional con mayor representación de los asuntos globales en la actualidad. Se identifica como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho Internacional, el desarrollo económico y social, los asuntos humanitarios, la paz y seguridad internacional, y los derechos humanos.
El Comité de los Derechos del Niño -parte de la ONU-, es el órgano de expertos que supervisa la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño y de sus dos primeros Protocolos (Protocolo facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados y Protocolo facultativo relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía), por sus Estados parte. Esta Convención es un tratado internacional de las Naciones Unidas, firmado en el año 1989. En el mismo se enfatiza que las y los niños tienen los mismos derechos que las y los adultos, en especial aquellos que requieren de protección especial por no haber alcanzado el pleno desarrollo físico y mental.
Agencia Paco Urondo accedió a la lista completa de observaciones de las políticas del Estado argentino sobre la infancia que emitió el CDN (para descargar el documento completo, en inlgés). En la misma se pueden encontrar las recomendaciones que hace el organismo a nuestro país sobre el acceso al aborto para las adolescentes. Puntualmente es el inciso 32 el que aborda la temática de interés: la necesidad de una Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
El Comité de los #DerechosDelNiño de @ONU_derechos publicó sus recomendaciones al Estado argentino luego de que los funcionarios del Poder Ejecutivo expusieran en Ginebra sobre el cumplimiento de los derechos de la niñez y la adolescencia.https://t.co/L72cU5Cw3U
— Infancia en Deuda (@infanciaendeuda) 6 de junio de 2018
32. Salud adolescente
32. Con referencia a sus observaciones generales núm. 20 (2016) sobre la aplicación de los derechos del niño durante la adolescencia y el número 4 (2003) sobre la salud de los adolescentes, y observando con preocupación las barreras que los adolescentes siguen enfrentando para acceder a servicios sexuales y servicios de salud reproductiva y educación, la alta incidencia de embarazos adolescentes y riesgos elevados de mortalidad materna entre madres adolescentes, y acceso insuficiente a métodos modernos de anticoncepción y planificación familiar,
El Comité recomienda que el Estado parte:
(a) Asegure que la educación en salud sexual y reproductiva sea parte del currículo escolar obligatorio, y que se desarrolle con la participación de adolescentes y niños, con especial atención a la prevención del embarazo precoz e infecciones de transmisión sexual;
(b) Asegure el acceso a servicios de aborto seguro y atención postaborto para niñas adolescentes, garantizando que sus opiniones siempre se escuchen y se tengan debidamente en cuenta como parte del proceso de toma de decisiones;
(c) Asegure que la información sobre métodos de planificación familiar y anticonceptivos esté disponible para adolescentes en formatos accesibles y confidenciales y en lenguas indígenas.
AUDIO: La opinión de Jorge Cardona Llorens, miembro del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas (Fuente: Radio Cooperativa)