Mitos y verdades sobre las retenciones, por Guillermo Moreno

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Mitos y verdades sobre las retenciones, por Guillermo Moreno

23 Mayo 2022

Por Guillermo Moreno, Walter Romero, Andrea Melo y Marcos von Ifflinger

El concepto “Derechos de Exportación (DE)” es materia de debate, tanto en el ámbito “económico” como en el “político”.

Por ello, reflexionar en derredor de la temática, puede ayudar (a la comunidad) a discernir sobre la relevancia de su aplicabilidad, ya que:

• por un lado, la sencillez del cálculo en la determinación del monto imponible y la exigua cantidad de personas -humanas o jurídicas - obligadas a “realizar el pago”, los transforman en un mecanismo de fácil implementación, pero

• por otro, las múltiples aristas que conlleva su instrumentación, generan que los actores económicos involucrados intenten permear, insistentemente, la opinión pública con ciertas “verdades”, pero también, muy asiduamente, con...

Diversos Mitos

En términos sociológicos, el mito remite a una narración que transgrede los límites de una lógica de lo real.

Asimismo, se entienden como significaciones históricas que son transmitidas por los pueblos, con características auto reveladoras y que categorizan como arquetipos. 

Actualmente, el término es recurrente al desarrollo de la construcción de subjetividades en la sociedad, pues está asociado con la cultura y con la producción de significaciones.

Así, algunos mitos de “tipo ideológico”, generados en determinados sectores de la comunidad, se expanden y consolidan en un aparente sentido común, más allá, incluso, de los intereses objetivos en pugna.

En este marco, abarcando a las distintas doctrinas imperantes, emergen, tensionando el debate e impidiendo el consenso, un número inquietante de “verdades reveladas”: 

• “‘las Retenciones’ son injustas”
• “aumentan el precio de los bienes y perjudican al consumidor”
• “socaban la rentabilidad del productor”
• “son ilegales e inconstitucionales”
• “embisten arteramente contra el campo”
• “cualquier gobierno que intente aplicarlas, profundizará la grieta entre lo 
urbano y lo rural”
• “la pagan las exportadoras, no los productores”
• “se las cobran a los productores, y los exportadores quedan indemnes” 
• “algunas exportadoras hacen ‘el negocio’ y se aprovechan de los 
productores: ¡hay que estatizar el comercio exterior!”
• “una Junta Nacional de Granos es la solución”
• “solamente Argentina impone ‘las Retenciones’”
• “el nivel de los DE que se aplica es muy alto”
• “el único objetivo de ‘las Retenciones’ es recaudar para la ‘casta política’”

“La única verdad es la realidad” – Aristóteles

Los pretendidos “hechos virtuosos” concebidos en la “autopercepción” (por el imperio de las subjetividades) perturban, en múltiples circunstancias, la evaluación objetiva de los “actos”, único criterio válido (concurrente con la verdad) en la búsqueda del “bien común”. 

En esta dirección, se impone evaluar técnicamente el “impacto de ‘las Retenciones’”, contemplando, especialmente, los planos vinculados a: 

• la Distribución del Ingreso: 
✓ En “Hay Equipo… y hay Plan”, Parte I (BAE Negocios, 27/03/2022), se mencionó la relevancia de transitar, pausadamente pero sin descanso, hacia una Distribución Funcional del Ingreso del “60 – 40” entre el Trabajo y el Capital. Va de suyo que los DE se transforman en una herramienta clave para iniciar el proceso. 

• la incidencia sobre la “Inflación Doméstica”:
✓ En “Retenciones y Alquileres: la Pampa Húmeda y el pago de la Deuda Externa” (BAE Negocios, 12/02/2022), se explicitó que la manera técnicamente correcta, de desalinear a la baja, los precios locales de los alimentos de la paridad de exportación, impidiendo que el alza observada en los mercados internacionales se traslade al mercado interno, deviene de una sensata aplicación de los DE. y,

• la “Cuestión Fiscal”: 
✓ En “Hay Equipo… y hay Plan”, Parte III (BAE Negocios, 10/04/2022), se desarrolló la importancia de una Ley de Arrendamientos Rurales Compensada3, que al disminuir, significativamente, el costo de los alquileres, facilite la recaudación (o el financiamiento necesario) para honrar los compromisos que se devengan de la deuda externa del Tesoro Nacional con recursos provenientes de los DE.

Asimismo, es dable resaltar que “las retenciones” generan, en su propio desarrollo, dos “externalidades positivas”:

• conjuntamente con la Ley ut supra mencionada, tiende, a distintos cultivos, a permitirles la utilización eficiente en los campos arrendados, ya que dejan de ser un costo discriminante para su implementación, y

• promueve la equiparación de productividades relativas entre los proyectos de inversión rurales y urbanos, de tal manera que facilita el funcionamiento sistémico de la economía con un solo tipo de cambio ($/U$S) competitivo.

Naturalmente, para una óptima implementación de los Derechos de Exportación (“las Retenciones”), un Magno Acuerdo Social (MAS), donde se consensue entre las fuerzas de la producción y el trabajo la administración de los fondos recaudados con asignación específica (compensados mediante un Bono, en moneda dura, a largo plazo, a tasa de interés internacional y transable en los mercados secundarios) hacia el Tesoro Nacional, facilitará la concreción del apotegma “un Gobierno esclavo de un Pueblo Libre”, y sentará las bases de un Modelo de Desarrollo Económico Permanente y Sustentable (MoDEPyS), con orientación a la producción.

Fuente: 

1 A los Derechos de Exportación se los suele denominar coloquialmente: “Retenciones”.
2 Los precios percibidos por el Productor, expresados en valores, responderían a la siguiente fórmula:
PP = PI – CIF – DE – LyCE  
Siendo:
PP: Precios Percibidos
PI: Precio Internacional
CIF: Costo, Seguro y Fletes
DE: Derechos de Exportación
LyCE: Logística y Comisión del Exportador 
Coloquialmente: el PI menos los CIF, resultaría en el precio FOB (por sus siglas Free On Board, libre a bordo), al que, restándole los DE, determinaría el FAS teórico (por sus siglas Free Alongside Ship, libre al costado del barco) que, al detraerle la LyCE sería, al tipo de cambio de referencia, el monto en pesos percibido por el Productor.
3 La “Ley de Arrendamientos Rurales Compensada”, contempla extender a los Terratenientes de la Zona Núcleo de la Pampa Húmeda, por su “esfuerzo patriótico”, un Bono del Tesoro Nacional.
4 Concepto desarrollado en “Hay Equipo... y hay Plan”, Parte I (BAE Negocios, 27/03/2022), donde se sostuvo que: “Es Magno por su importancia y trascendencia, es Acuerdo porque siempre “la armonía es superior al conflicto” y es Social porque “lo mejor que tenemos es el Pueblo”. En su convocatoria, debieran alcanzarse consensos en torno a: la búsqueda de los “mercados de referencia” plausibles con “nuestro buen vivir”, la determinación de las “tecnologías convenientes” a utilizar, procurando el mejor “estado del arte”, y la nueva “distribución del ingreso”, que impida el incremento de la “plusvalía relativa”, perjudicial para la gobernanza del todo social.