Caso Micaela Ortega: primera condena en Argentina por grooming seguido de muerte

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Caso Micaela Ortega: primera condena en Argentina por grooming seguido de muerte

25 Octubre 2017

Por Itatí Cruciani

Desde febrero del año 2016, Micaela, una niña de 12 años de Bahía Blanca, empezó a chatear por Facebook con La Rochi de River, una amiga de su lista de contactos a la que hace un tiempo le había aceptado la solicitud. La Rochi le dijo a Mica que tenía 12, igual que ella. Chatearon un tiempo, empezaron a tener confianza, y se contaban cosas, pero no se conocían personalmente. Pasaron unos meses y a fines de abril, Mica se peleó con sus viejos y le escribió a su amiga: 

─ ¿Tenes lugar en tu casa? Me peleé con mi mamá ─ escribió Micaela en el chat de Facebook. 
─Sí, gorda, te banco en todas ─ le contestó “La Rochi de River”.
─ ¿Dónde vivís?
─En Villa Rosas, ¿conoces?
Micaela le dijo que no sabía cómo ir.
─Tengo una solución, gordita.
─ ¿Cuál?
─Que te vaya a buscar mi primo.
─Lo voy a pensar. (Conversación entre Micaela y su femicida, publicada en el medio digital La Nueva)
 
Mica le dijo que sí. Quedaron en que la pasaba a buscar el primo de la Rochi a las 9 de la mañana por la vereda de la escuela, así la llevaba a la casa de su amiga.
 
─Rochi: "Estate a las nueve por ahí"
─Micaela: "Me lleva a tu casa?"
─Rochi: "Sí, él te deja y se va"
─Rochi: "¿Cómo vas a estar vestida?"
─Micaela: "Calza negra, mochila rosa y buzo azul"
─Micaela: "Ay, mira lo que estás haciendo por mí. Te adoro"
 
Al otro día, 23 de abril, Mica se levantó temprano, ya tenía la ropa preparada. Antes de irse a la escuela le dejó una nota a su mamá: “Má, voy a estar bien, te amo. Soy una mala hija. Estoy con una amiga en White”. Mica fue a la escuela pero no entró. Pasaron unos minutos y el primo de la Rochi apareció. Era más grande, de unos 28 años. Después de saludarla, le dijo a Mica que se iban a la casa de su amiga caminando.
 
Se fueron juntos. Caminaron tanto hasta que salieron de la ciudad. Cuando llegaron al km 702 de la Ruta Nacional N° 3, el primo le dijo que había que doblar a la derecha y seguir por las vías del tren hasta el cruce con un arroyo. Ahí doblaron de nuevo a la derecha, unos 50 metros más. No fue fácil llegar a ese lugar. Allí no habían calles ni casas cerca. No pasaban autos ni gente. Si alguien gritaba nadie lo escucharía. Y si alguien necesitaba pedir auxilio tampoco podría. El primo lo sabía.
 
Pasaron 35 días de la desaparición de la joven cuando se halló el cuerpo sin vida de Micaela Ortega. La encontraron sin remera, con los breteles del corpiño caídos. El primo había querido abusar de ella y como no pudo violarla, la mató. El primo no era el primo, ni la Rochi era la Rochi. Ambos, siempre fueron una sola persona: Jonathan Luna.
 
El día que Mica se fue de casa, su mamá hizo la denuncia y comenzaron las investigaciones. Es importante decir que Facebook no respondió las requisitorias judiciales en las que se solicitaba la apertura de la cuenta de Mica, siendo que evidentemente que era un caso de extrema gravedad y urgencia, ya que se trataba de la desaparición de una menor. Esto en Argentina no está regulado, y el poder ciudadano y estatal frente a las empresas de ventas online o de venta de publicidad como Facebook o Google es prácticamente nulo. Están fuera de la ley, o tienen formas de evadirla, y no contribuyen a las investigaciones judiciales.  
 
Solo 35 días después, la ONG estadounidense NCMEC (The National Center for Missing & Exploited Children - contra la pedofilia y la producción y divulgación de pornografía infantil), con quien sí se encuentran obligadas en EEUU las empresas mencionadas, remitió un informe a la Fiscalía que llevaba la causa, con el detalle y análisis de las conversaciones mantenidas por Micaela con la Rochi de River, y de las mantenidas por La Rochi con otras cuentas. 35 días después de su desaparición, pudo obtenerse la información que permitió hallar el cuerpo de Micaela y a su femicida, quien finalmente confesó el crimen. 
 
Del informe también se pudo saber que Jonathan tenía varios perfiles de Facebook, como varón y como mujer, y que sus contactos casi en su totalidad eran mujeres menores de edad de 12 a 16 años, como Mica. Ella no fue la única niña con la que habló. Les preguntaba entre otras cosas, si estaban de novias, si habían tenido su primera relación sexual, y a varias las citó para encontrarse personalmente. Algunas de ellas dieron su testimonio en el Juicio.
 
De las conversaciones que mantuvo con ella y con otras niñas calificadas como “escalofriantes” por el Fiscal, se comprobó que desde un primer momento Luna contactó por un medio electrónico a Micaela con el fin de menoscabar su integridad sexual. Este accionar es el que se conoce como grooming o acoso cibernético. 
 
El “grooming” es el contacto y/o acoso cibernético a niños, niñas y adolescentes con la finalidad de abusar sexualmente de ellos o extorsionarlos mediante la divulgación de secretos o imágenes. Desde el año 2013, se incorporó como delito al título de Delitos Contra La Integridad Sexual de nuestro Código Penal Argentino en el art. 131, penando con pena de prisión a quienes por cualquier medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos contacten a menores de edad con el fin de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de los mismos. 
 
Con este objetivo solicitó su amistad por Facebook enmascarando su real identidad, habló con Micaela, la engañó aprovechándose de su mayor edad, la fue a buscar personalmente, y la condujo hacia un lugar donde podría realizar su objetivo sexual y de sometimiento, sin riesgos para su persona y garantizando su impunidad.
 
En las pericias y del resto del material probatorio se comprobó que ante el rechazo de la menor, con la finalidad de ocultar el abuso y el acoso previo, e impedir que lo denuncie, “agredió físicamente a la víctima teniendo en cuenta su condición de género y edad en el contexto de una relación desigual de poder establecida respecto de la menor”, según dictó la sentencia por el femicidio Micaela Ortega el día 19 de octubre de 2017. La golpeó fuertemente en la cabeza generándole hemorragias y daños intracraneales irreversibles, al mismo tiempo que la estrangulaba usando una remera anudada fuertemente al cuello, fracturando sus huesos cervicales, asfixiándola hasta matarla, “quien la había contactado como parte de su modus operandi, ocultando su identidad, explotando la vulnerabilidad en la que se encontraba la niña, aprovechando la situación de subordinación y sometimiento en que finalmente la colocó”. Como esto no bastó, luego de matarla, Luna se llevó el teléfono celular de Micaela, una planchita para el pelo y la campera que llevaba. Antes de irse, la ató de pies y manos, dejando con la niña despojada, muerta y sujetada un claro mensaje: no eres libre de decidir ni lo serás jamás.

“Estamos en presencia de un femicidio”, dijo el tribunal al analizar uno de los agravantes en la sentencia, resultando sus párrafos más que elocuentes: “Lo esencial es que la violencia sea motivada en el género, en ese rol que el autor le asigna a su víctima dentro de la situación sociocultural que él pretende perpetrar en el tiempo: esto es, la mujer dominada e inferior, cosa que debe hacer lo que él pretenda, no puede decidir libremente sobre su libertad sexual, o si importa su consentimiento o no para la práctica de un acto sexual, debe estar a su servicio”, y “como se señala en el fallo Mangeri por parte de la Casación Nacional: la manera en la que las víctimas pueden resistir la agresión es sometiéndose a su voluntad. La contracara es que son muertas por no haberse sometido. En ese sometimiento y cosificación de la víctima reside una de las claves para interpretar la violencia de género y el femicidio. Se ha encontrado con alguna actitud contraria a sus fines por parte de la víctima, quien seguramente se ha mostrado rebelde ante él defendiendo su integridad sexual y su decisión de vida, y ello ha generado que obrara violentamente cercenando la vida de la niña, para reafirmar su superioridad. Luna eligió una víctima en particular, niña de 12 años de edad, a quien hizo salir de su lugar de contención, y tras no poder concretar el abuso sexual, la mató, y previo a retirarse parece que quiso dejar un macabro mensaje: el atar sus pies y sus manos, como reafirmando que la mujer no puede hacer ni andar si él no se lo permite”.

Aquí la Justicia vio que la violación y el femicidio, son crímenes de poder y dominación, es la conclusión que se extrae de la sentencia dictada hace unos días en la que se condenó a prisión perpetua a Jonathan Luna, firmada por las juezas Claudia Fortunatti, María Elena Baquedano y el juez Eugenio Casas del Tribunal Oral Criminal N° 2 de Bahía Blanca. “La condena es ejemplar, era la expectativa que teníamos. Además, la justicia incorporó términos con perspectiva de género y estuvo a la altura de las circunstancias. Este fallo es un antes y un después a nivel nacional”, dijo  la abogada María Fernanda Petersen al portal Cosecha Roja.

La investigación fiscal duró un año, siendo fundamental para su avance, los aportes y el impulso de la madre Mónica Cid y de su abogada Fernanda Petersen. El Juicio Oral, duró 5 días, dieron su testimonio más de 90 personas, se produjeron las pericias y hablaron expertos. Los hechos finalmente fueron calificados como homicidio cometido con violencia de género y alevosía, para ocultar los delitos de acoso tecnológico y robo. Cuando finalizó la lectura de la sentencia, Mónica Cid tomó el micrófono y fuertemente gritó: “Micaela, volá alto hija querida, mamá te desató, volá alto hija!”