La Plata: movilización en rechazo al Código de convivencia “represivo” de Julio Garro
Por Lara María Bertolini / Fotografía Jauría Mutante Centro Cultural Olga Vázquez - OTRANS Argentina
Ayer una columna de varios partidos políticos organizaciones civiles cruzó las diagonales platenses llegando al Consejo Deliberante de la Ciudad de las plazas, con un marco teatral en donde se enlazaban las imágenes entre el Consejo, el pueblo y la mítica catedral. Se procedía sin la participación de las organizaciones civiles y partidarias a modificar el Código de Convivencia Ciudadana donde a fuerza de letra impuesta se crea un cisma de ciudadanes con derechos y ciudadanes expulsables.
Si bien como maniobra de salvaguarda los primeros textos del nuevo código expresan: “Todas las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades de libre circulación, ocio y esparcimiento, con pleno respeto a derechos de los demás y a la pluralidad de expresiones culturales, políticas, lingüísticas, étnicas, sexo-genéricas y religiosas conforme a la normativa vigente”. Este salvavidas literario no deja de hacernos olvidar las persecuciones, hostigamientos mediante la utilización de los aparatos represores del Estado, en consonancia con los dichos del actual intendente Julio Garró. “No se me ocurre darle trabajo a un travesti”, señaló el jefe comunal durante una entrevista radial a la emisora platense 221 y remarcó que lo que sí podría hacer es “darles una mano desde lo psicológico, desde lo médico”. “Si avalo eso, tendría que avalar a los delincuentes” y consideró que “los travestis andan en bolas, y están también en todo el tema de la droga”.
Muchas veces las acciones de violencia de genero institucional en el marco legislativo proceden mediante títulos impregnados de derechos humanos, ocultando el odio racional hacia las identidades travestis y trans, migrantes y ciudadanes con menores oportunidades.En su artículo 8 dicho código de convivencia expresa la función policial ciudadana teniendo el derecho y deber moral del conocimiento de las presuntas (no certeras) infracciones utilizando el prejuzgamiento y el preconcepto de una ciudadanía en su mayoría rancia con las multiplicidades identitarias y racializadas con una profunda tendencia a la expulsión y a la violencia.
Este tipo de articulado procede de la criminalización originaria producto del preconcepto y prejuzgamiento social que luego incide en nuestras vidas mediante la criminalización primaria mediante la creación de penas, que ya en este tipo de estadio excede al derecho penal por las formas sesgadas aplicadas a normativas supuestamente morigeradas. Sustentadas por la criminalización secundaria que apunta específicamente a un grupo social/identitario magnificando su acción y saliendo del marco teórico jurídico como respuesta ofensiva a los reclamos de dichos grupos.
Uno de los artículos más polémicos por el grado de criminalización y estigmatización corresponde al artículo 214 en donde la oferta y demanda de sexo en la vía publica será sancionada con módulos de multas, vulnerando principios del derecho, siendo contrarios a las normas constitucionales y convencionales internacionales de la cual argentina es parte. La comunidad de travestis , transexuales y transgéneros (específicamente mujeres y femineidades) que se encuentran en ejercicio o situación de prostitución es el reflejo de la falta de políticas públicas de inserción laboral donde la Provincia de Buenos Aires, posee un articulado legislativo único en Latinoamérica y en el mundo que es la Ley Diana Sacayán , promulgada en el año 2015 y reglamentada entre gallos y medianoches cuando la otrora María Eugenia Vidal fugaba de la gobernación, en complicidad con ONG LGBTEISTAS que aprovecharon el momento y reglamentaron más por ponerse una cucarda partidaria que la aplicación de la misma.
Este tipo de articulado sustentado en el art 215, viola competencias de jurisdicción que son facultades del Congreso de la Nación en tanto prohibiciones/limitaciones a la comercialización y acuerdos civiles.
Quedando más que claro que desde el Concejo Deliberante no se fomentó la participación de las organizaciones civiles de las poblaciones vulneradas, sino que no hubo algún tipo de sesión o audiencia específica, omitiendo otra perspectiva, dialogo, inclusión cercenando el principio democrático del dialogo y el consenso.
Es destacable por mi parte como activista por los derechos de las identidades travestis, transgéneros y transexuales y jurista, la acción desde el Ministerio Publico Fiscal de la Nación, desde la Dirección de Acceso a la Justicia bajo la dirección de Julián Axat, que luego de la reunión con la doctora Claudia Vásquez Haro, en su carácter de presidenta de la Asociación Civil “OTRANS ARGENTINA” y de la Convocatoria Federal Trans y Travesti de la Argentina, procedió a presentar el oficio ante la Presidenta del Concejo Deliberante de La Plata Concejala Ileana Cid. En el mismo Axat advierte lo anteriormente expuesto en consonancia con una realidad que nos viene atravesando constantemente en los ámbitos legislativos y jurídicos que es la falta de articulación constitucional, convencional y de derecho civil al momento de redactar normativas que tienen una expresión jurídica dogmática, que sigue pretendiendo que en la justicia se este hablando de cosas y no de la incidencia que ejecuta en las personas a nivel individual y colectivo.
*Femineidad travesti, activista, trabajadora Judicial, estudiante de Derecho, docente y miembra de Sitraju RA. Instagram: @lara_de_themyscira