CELS: "Diez razones para despenalizar y legalizar el aborto temprano"
Por CELS *
1) La penalización del aborto no disuade a las mujeres de practicarse abortos
La penalización solo hace que los abortos sean clandestinos, se practiquen en forma insegura y sea elevada la mortalidad de las mujeres pobres y jóvenes. El altísimo número de abortos evidencia, por sí solo, el poco o nulo efecto disuasorio de la ley sobre las mujeres. Por otra parte, la penalización nunca ha sido un medio efectivo para proteger al embrión. Su protección puede lograrse mediante políticas públicas que, a la vez, sean consistentes con los derechos de las mujeres. Países como Alemania, Francia Portugal y España tienen políticas en esa línea proveyendo servicios de consejería pre-aborto para proteger al embrión.
2) La penalización del aborto afecta, restringe y viola derechos humanos fundamentales de niñas, adolescentes y mujeres
La falta de acceso a servicio de salud en condiciones de igualdad, dignidad y seguridad para todas las mujeres en situaciones de embarazo no deseado constituye una práctica discriminatoria en los términos del artículo 1 de la CEDAW, que vulnera derechos únicamente de las mujeres. La omisión estatal de brindar a las mujeres la posibilidad de ejercer sus derechos reproductivos tiene como resultado anular el ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos humanos de las mujeres a la vida, a la salud, a la integridad física, psíquica y moral, a la autonomía, intimidad, dignidad y a estar libre de tratos crueles, inhumanos y degradantes. En palabras del Relator Especial Anand Grover “La promulgación o el mantenimiento de leyes que penalicen el aborto puede constituir una violación de la obligación de los Estados de respetar, proteger y hacer efectivo el derecho a la salud” .
3) La penalización del aborto induce a las mujeres a recurrir a métodos de aborto inseguros y riesgosos para su vida y su salud
Tal como señaló la OMS, en los países con legislaciones que permiten el aborto bajo un modelo de indicaciones amplias, la incidencia y las complicaciones derivadas de un aborto inseguro son menores que en los lugares donde el aborto legal está más restringido . En Argentina se estima que se practican un promedio de entre 486.000 y 522.000 abortos clandestinos al año (lo que equivale a más de un aborto por cada dos nacimientos ) y cada año se registran más de 50.000 internaciones en hospitales públicos de todo el país a causa de abortos inseguros . Desde hace dos décadas el aborto ocupa el tercer lugar entre los egresos hospitalarios por causas relacionadas con el embarazo, parto y puerperio a nivel nacional .
4) La penalización del aborto aumenta la mortalidad y morbilidad de las mujeres por abortos inseguros
El aborto inseguro constituye un grave problema de salud pública en Argentina que conlleva serios riesgos para la salud y la vida de miles de mujeres. En los últimos treinta años, las complicaciones derivadas de abortos practicados en condiciones de riesgo son la primera causa de mortalidad materna y representan un tercio del total de esas muertes . Las estadísticas del quinquenio 2007-2011 muestran que 23% de las muertes maternas derivaron de abortos inseguros . En la actualidad, el aborto continúa siendo la principal causa de mortalidad materna en más de la mitad de las provincias del país .
5) La penalización del aborto impacta negativamente en el acceso a los abortos legales
Si bien no existe evidencia concluyente que determine cuántos de los abortos clandestinos corresponden a casos de aborto legales previstos en el Código Penal, sí existe evidencia respecto a que una gran cantidad de mujeres que tienen derecho a un aborto legal y seguro no puede acceder a él .
Las causas: mala fe de algunos profesionales y funcionarios, desconocimiento del derecho vigente, falta de información jurídica de los profesionales de la salud que temen una sanción penal, abuso de la objeción de conciencia con tolerancia estatal, comentarios reprobatorios del personal hospitalario, violencia institucional contra las mujeres en estas situaciones, entre otras.
A más de dos años del fallo “F.,A.L.” se reiteran los casos en los que se dificulta o impide el acceso al aborto no punible por intervenciones ilegales de operadores judiciales, abogados y efectores sanitarios . Todos estos son factores que empujan a las mujeres a la clandestinidad.
6) La falta de acceso a abortos seguros cuando está en riesgo la vida o salud de la mujer produce muertes por causas indirectas
Las últimas estadísticas oficiales de 2012, muestran que el 30% de las muertes de mujeres se debieron a causas obstétricas indirectas: mujeres que fallecieron por un problema de salud que se agravó como consecuencia del embarazo, parto o puerperio. La muerte de muchas de estas mujeres era evitable si hubiesen recibido consejería integral en anticoncepción que les permitiera prevenir un embarazo que afectara aún más su estado de salud o si, una vez embarazadas, hubiesen sido asesoradas acerca de los riesgos para su salud e informadas de su derecho a interrumpir el embarazo en condiciones legales y seguras.
7) La penalización del aborto tiene un impacto diferenciado en mujeres pobres y jóvenes.
Las mujeres de nivel socioeconómico medio y alto acceden a una atención sanitaria adecuada y segura y, en general, no sufren complicaciones postaborto. Las de bajos recursos, en muchos casos adolescentes, se ven obligadas a practicarse intervenciones en la clandestinidad y en condiciones sanitarias precarias. Los índices más altos de mortalidad de mujeres causada por abortos se registran en las regiones del Noreste y el Noroeste de nuestro país: regiones con elevados porcentajes de pobreza . Esta situación fue advertida en el Plan Nacional contra la Discriminación: “las altas tasas de muerte por aborto son una expresión lamentable de la discriminación de las mujeres de sectores más pobres” . Otro estudio demostró que la mayor cantidad de muertes se concentra en las más jóvenes . En el año 2000, los hospitales públicos del país registraron casi 80.000 internaciones por aborto clandestino de mujeres jóvenes. Del total, 15% correspondieron a adolescentes y niñas menores de 20 años, y el 50% a mujeres de entre 20 y 29 años .
8) La penalización del aborto expone a las mujeres a ser víctimas de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes y de violencia institucional
Las mujeres que solicitan un aborto no punible son víctimas de juicios reprobatorios y maltrato institucional: se les niega la práctica dejando a la mujer librada a su suerte, intentan convencerla para que desista, sufren intervenciones ilegales de operadores de la justicia y abogados que intentan impedir la práctica. Todo ello configura supuestos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, tal como lo estableció el Comité de Derechos Humanos en el caso L.M.R. contra Argentina . La CSJN en el caso “F.,A.L.” consideró que los “procesos burocráticos dilatorios de la interrupción legal del embarazo (...)puede ser considerada, en sí misma, un acto de violencia institucional en los términos de los artículos 3º y 6º de la ley 26.485 que establece el Régimen de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales” .
9) La penalización del aborto valida un mercado millonario y clandestino que lucra con la autonomía de las mujeres
El mercado paralelo moviliza alrededor de mil millones de pesos al año por abortos clandestinos . En los últimos años, estas cifras se elevaron en forma exponencial . La penalización del aborto valida, de modo inadmisible, un mercado clandestino que maneja cifras millonarias y que lucra con la vida, la salud y la autonomía de las mujeres.
10) La norma penal es escasamente aplicada
La persecución judicial y policial del delito de aborto es muy baja en relación a la frecuencia de su práctica. Tal conclusión se desprende de la enorme diferencia entre las cifras del aborto clandestino y las de mujeres encarceladas por este delito . En términos de política criminal, la penalización del aborto es ineficaz para proteger el bien jurídico tutelado (esto es, la vida en gestación), y en los casos en los que se aplicó también se pudo comprobar su selectividad: mujeres de bajos recursos que acuden al sector salud en busca de asistencia por estar en peligro su vida.
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