Santa Fe: Elecciones de convencionales para reformar la constitución provincial
El próximo domingo 13 de abril Santa Fe inaugura el ciclo de elecciones en las provincias con dos tipos de elecciones diferentes que se realizan simultáneamente.
Por un lado, hay elecciones primarias, abiertas, simultáneas u obligatorias para la definir candidatos a 19 intendentes, concejales, comisiones comunales y para la comisión de contralor de cuentas en toda la provincia, para la elección general del 29 de junio y por otro lado, 69 convencionales reformadores de la Constitución provincial que está vigente desde 1962.
Por las características del sistema electoral, por la relevancia del tema, así como por el rol central que juegan en ella los principales actores de la vida política santafecina, la elección de convencionales constituyentes se transforma en la estrella de la jornada teniendo una enorme relevancia tanto para la política local como para la nacional.
Es un test sobre la gestión del gobernador Maximiliano Pullaro, principal impulsor de la reforma, quien se perfila como amplio ganador de la jornada, como para la política nacional, por la intervención destacada de Karina Milei en el armado/desarmado de las tiendas libertarias, siendo el debut de la hermana del presidente como jefa partidaria de un gobierno nacional cuyo presidente delega en ella ese tipo de cuestiones, así como por la situación de un peronismo que habiendo perdido la elección del 2023 no puede presentar ofertar electorales unitarias que contenga a todos los espacios y en donde, desde la presidencia del partido justicialista a nivel nacional curiosamente parece que la elección no está en el radar, más preocupados, parece, por intervenir en la provincia de Buenos Aires .
Se elegirán 69 convencionales a través de un sistema mixta, 50 por distrito único, o sea, con una misma y única lista para toda la provincia, debiendo superar el umbral del 2,5% del padrón provincial para que la lista en cuestión pueda disputar por un lugar en la convención y los 19 restantes a razón de uno por cada uno de los departamentos en los que se divide la provincia, tal como se eligen los senadores provinciales.
En Santa Fe, la constitución vigente delega su propia reforma en un órgano constituyente, la Convención Constituyente en un proceso de tres instancias.
En primer lugar, el poder legislativo provincial, con mayorías agravadas declaran la necesidad de la reforma. Eso se hizo en diciembre del 2024 con la sanción del proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo provincial, convertido en la ley 14384 que establece la convención reformadora habilitada para la discusión sobre la reforma de 42 de los 116 artículos de la constitución provincial y la incorporación de artículos, capítulos y secciones que sean necesarios para que se implementen las reformas.
En segundo lugar, se realiza la elección de convencionales que eligen a los representantes del pueblo que decidirán sobre esas reformas, instancia que se realizará el 13 de abril.
Y finalmente, en tercer lugar, la constitución de la misma convención reformar, instancia de debate y decisión sobre las modificaciones, sustituciones y agregados al texto constitucional. Estos convencionales que surgen de la elección del domingo podrán acompañar o no las propuestas que la legislatura propuso debatir.
Es una propuesta amplia que trabaja en varios aspectos institucionales que buscan la modernización institucional y “actualizar” la norma madre.
Dentro de los temas más relevantes que se ponen en discusión se destacan:
• Instaurar como principio constitucional el equilibrio fiscal, el principio buscar fortalecer la estabilidad económica y el equilibrio fiscal, con el déficit cero como norma.
• Terminar con los fueros en la política.
• Se elimina la posibilidad de reelección indefinida que tienen los legisladores permitiendo dos mandatos consecutivos.
• Se permite la reelección del gobernador por un período (quedaría solo Mendoza sin posibilidad de reelección y Catamarca, Formosa y Santa Cruz con posibilidades de reelección indefinida)
• Que para ser diputado o senador nacional por la provincia tenga residencia efectiva en la provincia (no alcanza con haber nacido allí).
• Permitir el voto a los jóvenes de 16 años en las elecciones locales ya que hasta ahora Santa Fe es la única provincia que todavía no lo permite.
• Ampliación de la Corte Suprema de Justicia provincial a 7 miembros, procurando paridad de género y representación regional, terminar con el mandato vitalicio, pudiendo ejercer hasta los 75 años y luego deberán jubilarse, con posibilidad de quedarse 5 años más.
• Se crea un nuevo tribunal para juzgar a fiscales y magistrados.
• Se incluye el juicio por jurados en materia penal y los derechos de las víctimas.
• Regular la acción de amparo.
• Ficha limpia, que ya es ley en la provincia, con rango constitucional para que no puedan ser candidatos quienes hayan sido condenados por corrupción o narcocriminalidad.
• Llevar la cantidad de diputados a 50 miembros paritarios elegidos por distrito único.
• Revisar la edad para ser diputados y senadores provinciales.
• Dar rango constitucional a políticas de lucha contra la violencia y el narcotráfico, a través de medidas que se ejecutan en el sistema carcelario o en respaldo a fuerzas de seguridad.
• Institucionalizar mecanismos de control, transparencia activa en la administración y garantizar el derecho al acceso a la información pública.
• Incorporar la iniciativa popular a los efectos de la presentación de proyectos de ley.
• La ampliación del período ordinario en ambas cámaras.
• Revisar el procedimiento de sanción de leyes.
• Elimina la confesionalidad del Estado provincial
• Revisar la extensión del derecho de reunión.
• Promover el trabajo decente y considerar la incorporación de los principios y estándares que hacen del trabajador un sujeto de tutelar constitucional preferente y reconocer los convenios colectivos de trabajo, las garantías del fuero sindical, el derecho de negociación paritaria.
• Establecer que las jubilaciones y pensiones de los empleados públicos provinciales sean atendidas por medio de un régimen público de reparto.
• Consagra la autonomía municipal en lo político, administrativo, económico, financiero e institucional.
• Que las elecciones municipales se hagan conjuntamente con las elecciones provinciales.