"El Gobierno hizo apología del delito"
Dos meses después de que el policía Luis Chocobar le disparara y asesinara a Juan Pablo Kukoc, el Gobierno y los medios retomaron el tema. Una vez más, como ocurrió también con el caso de Rafael Nahuel, los funcionarios de Cambiemos respaldaron al miembro de la fuerza de seguridad.
"La intervención del policía no tuvo nada que ver con salvar la vida del turista. Sino que mas bien que fue una intervención que reproduce algunas de las peores prácticas de la policía", sostuvo el coordinador del área de Violencia y Seguridad del CELS, Manuel Trufó. A su vez, la autopsia terminó de confirmar que los dos disparos que impactaron a Kukoc lo hirieron cuando estaba de espaldas al tirador. Además de esta prueba, el magistrado también tuvo en cuenta el informe de las dos cámaras de seguridad que se secuestraron.
Según la resolución dictada por el Juzgado de Menores N° 1, a cargo del magistrado Enrique Velázquez, Juan Pablo Kukoc murió a causa de dos balazos que le pegaron seis centímetros por encima de la cresta ilíaca y en la "región posterior del muslo izquierdo".
Por otra parte, Trufó sostuvo que el procesamiento del policía es lo que corresponde en este momento y que, en un futuro, puede ser que los abogados querellantes discutan la calificación de la causa para caratularla como homicidio. "Este caso es casi una excepción por lo bien que está actuando el Juzgado", aseguró en referencia a que en muchos casos la Justicia cree, sin investigación previa, la versión de las fuerzas de seguridad. Además desde el CELS sostuvieron que “la investigación que lleva adelante el juzgado de menores encontró hasta el momento elementos suficientes como para procesar al policía, ya que habría trasgredido las normas más básicas de uso progresivo y racional de la fuerza, de cumplimiento obligatorio para todos los efectivos policiales”.
En un comunicado, el organismo de derechos humanos señaló que “si un funcionario estatal utiliza un arma letal de manera injustificada y ocasiona la muerte de una persona que no era una amenaza a la vida del policía o de una tercera persona, se trata de un hecho al que los sistemas internacionales de protección de derechos denominan ejecución sumaria o extrajudicial y constituye una violación de los derechos a la vida y a la integridad física. Si el policía se equivoca sobre la existencia de una agresión o utiliza la fuerza en forma desproporcionada e irracional, el caso se puede resolver como un exceso en legítima defensa; es decir, el policía comete un delito por su negligencia”.