Ley de Ejecución Penal: las "leyes Blumberg" ya fracasaron; ¿si probamos otra cosa?
Por Malena Rico*
El artículo 1° de la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, reza: “— La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades, tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad.”
Es decir, que la Ley, plantea un tratamiento de las personas privadas de la libertad en pos de que se reinserten a una sociedad, con la cual también habría que trabajar en función de que la misma pueda alojar a la persona que se reinserta.
Los que trabajamos en el mundo carcelario, sabemos que en la praxis nada de esto sucede, el encierro es concebido como castigo a quien delinque y no como espacio para su educación y su tratamiento, y que nuestra sociedad está a años luz de poder comprender y alojar a quienes son portadores de delito.
Ahora bien, las reformas, que ya tuvieron media sanción en diputados, van en el sentido contrario: reducen al mínimo las posibilidades de acceder a la progresividad de la pena, es decir a las salidas transitorias y la libertad condicional, lo que en jerga carcelaria se llama “beneficios”, pero que en realidad son derechos.
Ya es sabido, por la propia experiencia, que las leyes que aumentan la rigurosidad de las penas, no producen mas efectos que la degradación de las vidas de los presos, pero que lejos están de aportar algún tipo de solución a lo que mediáticamente conocemos como “Inseguridad”. Un claro ejemplo de esto, son las llamadas “Leyes Blumberg”. Un conjunto de leyes y reformas propuestas por el falso ingeniero, que no hicieron mas que superpoblar las cárceles de pobres.
Desde chiquitos nos dicen que todo el mundo es inocente hasta que se demuestre lo contrario. Sin embargo en nuestro sistema penal, esto funciona a la inversa, una vez que se entró a la cárcel, uno pasa a ser culpable y a tener que demostrar su inocencia. El 60% de las personas privadas de la libertad en la Provincia de Buenos Aires, se encuentran en esta situación. Procesados. O sea, según nuestra Constitución Nacional, mas de la mitad de los presos de la provincia son inocentes.
Estas reformas, vienen a legitimar esta situación, que si bien hoy por hoy es una realidad, aún quedan instrumentos legales para que los pibes la peleen desde adentro, junto a sus familias desde afuera, y si tienen suerte, con algún abogado también.
No funciona y lo sabemos, sin embargo seguimos repitiendo como sociedad la “fórmula mágica” del castigo, para intentar resolver un problema que es complejo y pluricausal. Seguimos apostando a intentar reconstruir lazos sociales a través del aislamiento y la separación de lo feo y lo malo. El tratamiento penitenciario está basado en la seguridad y la conducta mas que en la construcción de vínculos sanos, de redes solidarias, de trabajo cooperativo,de capacitación laboral, de trabajo digno, de educación para todos y no solo para unos pocos privilegiados.
Estos engendros legislativos solo están al servicio de responder a la viciada construcción mediática de la problemática, pero lejos de interesarse por la cuestión de fondo. No son mas que partes del hilo conductor de la coherencia de las políticas propias de un modelo neoliberal.
* Psicóloga Social. Integrante del Equipo de Abordaje Psicosocial de la U.39 de Ituzaingó